Contaminación acústica procedente del tráfico de vehículos pesados por la carretera CA-240

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Consejería de Obras Públicas y Vivienda. Gobierno de Cantabria

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 12217771


Texto

Se ha recibido escrito de V.E., elaborado por el Servicio de Carreteras Autonómicas.

Consideraciones

1. Ha transcurrido un tiempo prudencial y los avances conseguidos para minorar la contaminación acústica procedente de la carretera CA-240 a su paso por Escobedo no parecen ser suficientes, a la vista de lo expuesto por el compareciente y por el Ayuntamiento de Camargo.

2. Para resolver esta situación resulta necesaria la colaboración, la cooperación y la coordinación, en los términos exigidos en los artículos 3, 140, 141, 142, 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio y el Ayuntamiento de Camargo, mediante reuniones o intercambio de información entre los técnicos de cada organismo implicado para realizar una valoración conjunta del impacto acústico que el tráfico de la carretera CA- 240 genera en Escobedo de Camargo, especialmente los camiones de que se dirigen o abandonan la cantera «El Cubo», y a partir de ahí proponer la realización de nuevas actuaciones para minimizar la contaminación acústica en la zona afectada.

3. Se han de tener en consideración los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.

Decisión

Esta institución ha resuelto formular a esa Consejería las siguientes:

SUGERENCIAS

1. Adoptar las medidas de colaboración necesarias para impulsar, si resulta preciso, una actuación coordinada de los técnicos competentes de cada uno de los organismos.

2. Fijar un criterio coincidente y conforme a derecho acerca de la cuestión competencial debatida. Todo ello en atención a los principios de eficacia y colaboración administrativa en defensa de los intereses generales.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las SUGERENCIAS, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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