Visita a la Comisaría de la Ertzaintza en Basauri (Bizkaia).

SUGERENCIA:

Sustituir los elementos de porcelana del aseo común de la zona de calabozos por elementos de material antivandálico.

Fecha: 17/01/2020
Administración: Departamento de Seguridad. Gobierno Vasco
Respuesta: Rechazada parcialmente
Queja número: 19012031

 

SUGERENCIA:

Instalar cámaras de videovigilancia en cada celda, que permita monitorizar la situación de la persona mientras se encuentra detenida.

Fecha: 17/01/2020
Administración: Departamento de Seguridad. Gobierno Vasco
Respuesta: Rechazada parcialmente
Queja número: 19012031

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que los agentes que prestan servicio en estas dependencias estén debidamente uniformados, y cumplan con su deber de portar su placa identificativa y vigilar el cumplimiento riguroso de esta práctica.

Fecha: 17/01/2020
Administración: Departamento de Seguridad. Gobierno Vasco
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19012031

 

SUGERENCIA:

Sustituir las esterillas por colchonetas ignífugas de mayor grosor.

Fecha: 17/01/2020
Administración: Departamento de Seguridad. Gobierno Vasco
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19012031

 


Visita a la Comisaría de la Ertzaintza en Basauri (Bizkaia).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución,  realizaron de oficio una visita a la Comisaría de la Ertzaintza en Basauri (Bizkaia).

Como consecuencia de dicha visita se ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. Resulta positivo que a los detenidos se les permita salir de su celda para comer en una mesa que hay en el pasillo de calabozos.

2. Destaca también de forma positiva que la comisaría cuente con ropa y calzado limpios para los casos en los que los detenidos necesiten cambiarse.

3. Algunas celdas disponen de una ventana de bloques de vidrio que permite la entrada de luz natural, lo que se valora de forma positiva.

4. Durante la visita se manifestó que los menores que ingresan en calabozos son ubicados en la celda número ocho, ya que cuenta con una puerta mitad con metacrilato transparente mitad ciega con chapa, sin embargo, en la documentación examinada se comprobó que no siempre ocurre así.

5. Los elementos del aseo común de la zona de calabozos son de porcelana, que, en caso de rotura, facilitarían su utilización como instrumento peligroso para la persona detenida, agentes de custodia o terceras personas, tal y como recoge el criterio contenido en el parágrafo 83 del Informe Anual 2014 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (en adelante Informe Anual).

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

6. El sistema de videovigilancia no se extiende al interior de los calabozos, en contra del criterio de esta institución expresado en el parágrafo 79 del Informe Anual.

Por ello, se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

7. Asimismo, no existe monitor de videovigilancia ni en la zona de custodia, ni en la zona de control.

No se formula sugerencia al respecto dado que el interior de las celdas no dispone de videovigilancia, y siempre hay un agente en la zona de custodia cuando hay detenidos.

8. Los calabozos no disponen de interfonos que garanticen la comunicación entre detenidos y agentes, ni las puertas de las celdas tienen apertura automática, según se aconseja en el parágrafo 88 del Informe Anual.

No se formula sugerencia al respecto dado el número de detenidos registrado y que la zona de control se halla frente a las celdas y hay una presencia constante del agente de custodia cuando hay detenidos, así como por la posibilidad de una rápida apertura manual de las puertas de las celdas, sin perjuicio de que resulte recomendable incorporar estas mejoras a futuro.

9. Durante la visita se accedió a la grabación de imágenes de una de las últimas personas detenidas que estuvo custodiada. En las mismas, se apreció como el agente que permanece en el área de calabozos mientras dura la detención, no estaba uniformado, y por ende no se encontraba debidamente identificado, en contra de lo establecido en el parágrafo 90 del Informe Anual.

Por ello, se formula la SUGERENCIA TERCERA.

10. La esterilla que se proporciona a los detenidos para el descanso en el calabozo parece insuficiente por su grosor para un mínimo confort si la persona detenida ha de pasar la noche en él, en contra de lo que aconseja el parágrafo 96 del Informe Anual 2014.

Por ello, se formula la SUGERENCIA CUARTA.

11. Respecto a los vehículos con mampara adquiridos en 2018 y que se encuentran en la actualidad en uso, durante la visita se puso de manifiesto que la utilización de estos vehículos por parte de algunos agentes no permite su movilidad ya que el habitáculo es muy reducido, lo que puede resultar peligroso en caso de sufrir un accidente.

Interesa conocer a esta institución en qué situación se encuentra este asunto.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto de la Comisaría de la Ertzaintza en Basauri, las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Sustituir los elementos de porcelana del aseo común de la zona de calabozos por elementos de material antivandálico.

SEGUNDA. Instalar cámaras de videovigilancia en cada celda, que permita monitorizar la situación de la persona mientras se encuentra detenida.

TERCERA. Dar indicaciones para que los agentes que prestan servicio en estas dependencias estén debidamente uniformados, y cumplan con su deber de portar su placa identificativa y vigilar el cumplimiento riguroso de esta práctica.

CUARTA. Sustituir las esterillas por colchonetas ignífugas de mayor grosor.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que justifiquen su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en el resto de las conclusiones.

Con esta misma fecha, y a efectos meramente informativos, se da traslado al responsable de las dependencias visitadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.