Concesión de la tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión Europea a una menor nacida en España

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Subdelegación del Gobierno en Barcelona. Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 15000802


Texto

Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado, en el que se informa acerca de la denegación de las solicitudes de Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión de la menor…, al no acreditar su inclusión en alguno de los supuestos recogidos en el artículo 3 de la Orden PRE/1490/2012, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea.

Consideraciones

1ª. Se trata de una menor nacida en España, hija de ciudadanos comunitarios con residencia permanente, por lo que no sería de aplicación el artículo 7 del citado Real Decreto 240/2007, sino el artículo 10 del Capítulo IV.

2ª. La aplicación de los requisitos establecidos en la Orden PRE/1490/2012 a los menores nacidos en España de padres ciudadanos de la Unión, sería discriminatoria con lo establecido en el régimen general para estos menores. A estos efectos, el artículo 185 del Real Decreto 557/2011 especifica que los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo en España adquirirán automáticamente la misma autorización de residencia de la que sea titular cualquiera de sus progenitores.

3ª. En el presente caso, se considera que la falta de concesión de residencia a la interesada no es acorde con el interés superior del menor al que vienen obligadas las Administraciones Públicas en todos los procedimientos que conciernen a menores de edad.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta Institución, se ha estimado procedente formular la siguiente:

SUGERENCIA

Revisar de oficio la resolución denegatoria de la solicitud de Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, revocando la misma y dictando otra por la que se conceda la residencia solicitada por la menor.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa Subdelegación del Gobierno.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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