Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada y, una vez analizado su contenido, se dirigen a ese Ayuntamiento las siguientes:
Consideraciones
1.-En lo que respecta a la colocación de señales y al estado de la carretera de acceso al alto de Aboño, el informe de la Dirección Provincial de Tráfico en Asturias de 11 de julio de 2018, trasladado por el interesado a esa administración, pone de manifiesto deficiencias en el estado de la carretera, sinuosa y con grandes desniveles (superiores al 17% en algunos tramos). Se menciona también la falta de asfaltado hasta Talleres Alegría.
2.- Se recuerda a esa Entidad local que es de su competencia la conservación en buen estado de las vías y caminos de titularidad municipal, como es el caso. Si el camino en cuestión presenta tales deficiencias que hacen prácticamente imposible, o extremadamente arriesgada, la circulación por el mismo, esa Corporación debe actuar para mantenerlo en buen estado.
3.- En cuanto a la permuta, las alegaciones de esa Entidad municipal no son suficientes para desvirtuar las irregularidades puestas de manifiesto por esta institución.
Decisión
De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo ha resuelto formular ante ese Ayuntamiento las siguientes Resoluciones:
RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES
Mantener la carretera de acceso al alto de Aboño en un buen estado de conservación que permita su circulación, mejorando las deficiencias en cuanto a asfaltado, sinuosidad y desniveles.
SUGERENCIA
Hacer una valoración de los terrenos municipales que han sido objeto de permuta con terrenos de la empresa ….., a los efectos del cumplimiento de la legalidad vigente.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las Resoluciones formuladas, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)