Selección de personal interino de la Administración de justicia de la Comunidad de Madrid para la cobertura temporal de plazas.

RECOMENDACION:

Adoptar las medidas que sean necesarias para constituir bolsas de selección de personal interino para la cobertura temporal de las plazas de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia convocadas por el Decreto 137/2018, de 4 de septiembre, del Consejo de Gobierno.

Fecha: 26/10/2020
Administración: Consejería de Justicia, Interior y Víctimas. Comunidad de Madrid
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20003030

 


Selección de personal interino de la Administración de justicia de la Comunidad de Madrid para la cobertura temporal de plazas.

Se ha recibido su escrito, en el que se contiene información relativa a la queja mencionada más arriba.

Consideraciones

1. En el citado escrito se reitera que el elevado número de solicitudes recibidas para formar parte de la bolsa de selección de personal interino al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, ha supuesto un incremento muy notorio de la actividad de la Subdirección General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia que, además de esta tarea, asume la gestión de personal de casi 7.500 empleados públicos.

2. Si bien esta institución entiende lo señalado en la comunicación remitida, no llega a comprender adecuadamente cómo si el Decreto 137/2018, de 4 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las bases y se convocan las bolsas de selección de funcionarios interinos de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia, ha sido publicado ya hace casi dos años, y la Administración ha sido consciente durante dicho periodo del elevado número de solicitudes, por qué la Administración no ha adoptado medidas adecuadas para agilizar el proceso de selección establecido, incumpliendo de facto la consecución del objeto de la citada norma, sin perjuicio de reiterar el incumplimiento de los plazos establecidos por la ley procedimental aplicable.

Decisión

Sobre la base de información aportada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular la siguiente resolución:

RECOMENDACIÓN

Adoptar las medidas que sean necesarias para constituir bolsas de selección de personal interino para la cobertura temporal de las plazas de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia convocadas por el Decreto 137/2018, de 4 de septiembre, del Consejo de Gobierno.

A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo de la Recomendación formulada,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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