Texto
En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), los días 14 y 15 de febrero de 2017, la Defensora del Pueblo y tres técnicos de esta institución realizaron una visita al CIE de Algeciras (Cádiz).
Consideraciones
1. Con posterioridad a dicha visita, se inició una actuación de oficio ante la Dirección General de la Policía. En fechas recientes, el citado organismo ha informado que dos de las Sugerencias efectuadas, exceden de su ámbito competencial, siendo esa Secretaría de Estado de Seguridad la competente en la materia.
2. A los efectos oportunos se transcriben las conclusiones del acta de la visita de la que traen causa las resoluciones que luego se formularán:
“8. El CIE no reúne las mínimas condiciones para la estancia de internos por lo que se debería proceder a su cierre y a la apertura de un nuevo centro. A este respecto se debe recordar que, con motivo de la visita efectuada a este centro los días 4 y 5 de febrero de 2014, ya se efectuó una Sugerencia a la DGP (expediente 14002820), que fue rechazada por razones presupuestarias. Tres años después de dicha visita, las condiciones de infraestructura de este centro no solo no han mejorado sino que han empeorado, como lo demuestra el hecho de que el único patio de hombres ha sido clausurado por no reunir las condiciones adecuadas, lo que impide el ingreso de varones en este centro y continúa la situación de grave deterioro del módulo de mujeres. Por ello se debe formular nueva SUGERENCIA al respecto.
34- Sería deseable comprobar el grado de cumplimiento de los contratos que el Ministerio del Interior ha suscrito con empresas externas que prestan servicios en el centro, en concreto, con la empresa …..(alimentación), …… (limpieza), ….. (servicios médicos) y …..(mantenimiento). Se formula SUGERENCIA.”
3. A este respecto, el pasado mes de abril, el Gobierno anunció que tiene previsto abrir tres nuevos CIE, estando ubicado unos de ellos en Algeciras.
Decisión
Por todo cuanto queda expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO y se efectúan, respecto del CIE de Algeciras, las siguientes
SUGERENCIAS
1. Dar indicaciones para proceder al cierre del CIE al no reunir las mínimas condiciones para la estancia de internos y a la apertura de un nuevo centro.
2. Dar indicaciones para comprobar el grado de cumplimiento de los contratos que el Ministerio del Interior ha suscrito con empresas externas que prestan servicios en el centro, en concreto, con la empresa …..(alimentación), …..(limpieza), ….. (servicios médicos) y …..(mantenimiento).
Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.
Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)