Condiciones del acceso de los detenidos a la zona de calabozos, en la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Soria

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 15012874


Texto

Dentro del marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el pasado día 1 de octubre de 2015, dos técnicos de esta Institución, acompañados de un técnico del Procurador del Común de Castilla y León, realizaron una visita a la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía en Soria.

Consideraciones

Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan las conclusiones y buenas prácticas observadas durante dicha visita.

Decisión

Con base en las conclusiones núms. 2, 3, 4, y 5 y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se efectúan a V.I. las siguientes

SUGERENCIAS

1.- Instalar en la zona de los calabozos de la Comisaría Provincial de Soria un monitor de videovigilancia y dictar instrucciones para que haya presencia constante de algún agente en esa zona cuando hay detenidos, pues en caso contrario podría suponer un riesgo si se diese una situación que requiriese la asistencia inmediata de los agentes, de acuerdo con lo señalado en los parágrafos 40 del Informe Anual 2011 del MNP y 84 del Informe Anual 2014 del MNP (en adelante Informe Anual).

2.- Adoptar las disposiciones necesarias para que en la Comisaría Provincial de Soria todas las personas detenidas accedan por la puerta de entrada lateral y bajen a la zona de calabozos por la escalera que hay junto a aquella y conduce directamente al pasillo de las celdas, evitando así que los detenidos puedan coincidir con el público que acude a estas dependencias para realizar alguna gestión, a tenor del criterio establecido en el parágrafo 80 del Informe Anual 2014.

3.- Tomar las medidas oportunas en la Comisaría Provincial de Soria para que los detenidos no sean sacados de su celda para realizar “gestiones” o una “entrevista” antes de prestar declaración asistido de abogado y en todo caso, de ser necesario, que en la ficha de custodia se consigne expresamente su objeto o finalidad así como su duración y que en las diligencias que se remitan a la autoridad judicial se refleje la misma, de acuerdo con el criterio recogido en el parágrafo 78 del Informe Anual 2014.

4.- Adoptar las medidas oportunas para que en la Comisaría Provincial de Soria, tras la salida de una persona detenida, no queden archivadas copia del parte de asistencia expedido por el médico o incluso el original, en el que figura el historial clínico del detenido atendido con datos que se consideran de carácter personal que afectan a su derecho a la intimidad, salvo que el interesado haya dado su consentimiento por escrito o que se den los requisitos establecidos en los artículos 11.2.d. ó 22.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, conforme lo expresado en el parágrafo 77 del Informe Anual 2014.

En atención a todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información en el sentido de si se aceptan o no las SUGERENCIAS formuladas y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

En relación con la conclusión nº 1 que se detalla en el informe técnico adjunto, se solicita ampliación de información acerca de si el sistema de videovigilancia que se estaba instalando incluye grabación de imágenes y audio, si existen protocolos de las condiciones en las que se activa la grabación y tiempo de conservación, la garantía de indemnidad de las grabaciones, el acceso a ellas, así como para la extracción y conservación de imágenes que reflejen cualquier incidente con una persona detenida.

Con esta misma fecha, se da traslado al responsable de la dependencia visitada de las Sugerencias y conclusiones remitidas a esa Dirección General.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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