Cumplimentación dela hoja de custodia de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía del distrito de Moratalaz (Madrid)

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 18003813


Texto

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), cuatro técnicos de esta institución, junto con un técnico externo, realizaron de oficio una visita a las dependencias de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía del distrito de Moratalaz (Madrid). Se trató de una visita de seguimiento de la realizada en 2013.

Como consecuencia de dicha visita se han alcanzado las siguientes conclusiones:

1. Las dependencias de calabozos continúan sin disponer de un acceso directo desde el exterior, por lo que los detenidos son conducidos a los calabozos por la puerta de entrada al público.

Por ello, se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

2. En los aseos existentes en calabozos, se mantienen los sanitarios de cerámica, que, en caso de rotura, facilitarían su utilización por los detenidos para intentar autolesionarse o agredir a los agentes de custodia.

Por ello, se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

3. Asimismo, no se ha corregido la existencia de elementos que podrían ser utilizados por los detenidos para intentar autolesionarse, como las rejillas de los extractores de aire del interior de las celdas, las camas de rejilla metálica y los cristales de la ventana corredera de una de las celdas colectivas.

Por ello, se formula la SUGERENCIA TERCERA.

4. En las Hojas de Custodia de las personas detenidas, se anotan casi todas las vicisitudes (alimentación o la negativa del detenido a tomarla, reseña, relevo de custodia, toma de declaración, etcétera). Sin embargo a veces no se anota el cacheo y nunca se anota la salida al baño de los detenidos.

Por ello, se formula la SUGERENCIA CUARTA.

5. Tras la anterior visita del MNP a las dependencias, se insistió en la necesidad de dotar a las dependencias de un armero, para evitar que los agentes de custodia porten su arma reglamentaria, en aras de la seguridad de los detenidos y de los propios agentes. La Dirección General de la Policía informó en su día de que se había solicitado la instalación de un armero. Interesaría conocer si dicha instalación llegó a efectuarse y su ubicación, ya que, durante la inspección, no se observó la existencia del mismo.

6. Se observaron deficiencias en las medidas contra incendios en la zona de calabozos, no hay detectores de humo en las celdas.

Por ello, se formula la SUGERENCIA QUINTA.

7. El sistema de videovigilancia sigue sin extenderse al interior de los calabozos.

Por ello, se formula la SUGERENCIA SEXTA.

8. Solo disponen de sistemas sonoros o lumínicos de llamada los aseos de las celdas individuales, aunque no hay posibilidad de que se usen por el detenido, debido a que la puerta entre la celda y el aseo permanece cerrada, por lo que los detenidos no pueden ponerse en contacto, en todo momento, con los agentes de custodia.

Por ello, se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

9. La zona de calabozos no dispone de un sistema de climatización frío-calor. Durante la visita se, se pudo comprobar que en la zona de calabozos hacía excesivo frío. El criterio general del MNP, es el de evaluar la temperatura existente en los calabozos a lo largo de todo el año, a fin de evitar oscilaciones excesivas de la misma.

Por ello, se formula la SUGERENCIA OCTAVA. 

Decisión

En consecuencia, con base en las conclusiones anteriores y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, como resultado de correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO se efectúan, respecto de las dependencias de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Moratalaz (Madrid), las siguientes

SUGERENCIAS

1. Realizar las modificaciones pertinentes para habilitar una vía de acceso que evite la coincidencia de las personas detenidas con otras personas en zonas comunes, tal y como se recoge en el parágrafo 80 del Informe Anual 2014 del MNP (en adelante Informe Anual 2014).

2. Sustituir los elementos de porcelana de los aseos por elementos de material antivandálico, de acuerdo con lo expresado en el parágrafo 83 del Informe Anual 2014.

3. Dar indicaciones para que se proceda a revisar los calabozos y cambiar algunos elementos que podrían ser utilizados por los detenidos para intentar autolesionarse o suicidarse: Las rejillas de los extractores de aire del interior de las celdas, las camas de rejilla metálica y los cristales de la ventana corredera existente en una de las celdas colectivas, conforme al criterio establecido en el parágrafo 82 del Informe Anual 2014.

4. Dejar constancia en la hoja de custodia de todas las vicisitudes que se produzcan en relación con la persona detenida, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 86 del Informe Anual 2014.

5. Dotar a las celdas de detectores de humo, conforme con lo señalado en el parágrafo 63 del Informe Anual 2011.

6. Extender la videovigilancia y videograbación a todas las dependencias en las que puedan permanecer personas privadas de libertad, incluida la conducción hasta los calabozos, exceptuando los aseos y las salas para entrevistas con abogados, siguiendo el criterio de esta institución expresado en el parágrafo 79 del Informe Anual 2014 del MNP.

7. Instalar en el interior de las celdas un sistema sonoro o lumínico de llamada (interfono o timbre) que pueda ser usado por el detenido, tal como se recoge en el parágrafo 88 del Informe Anual 2014.

8. Dotar a los calabozos de un sistema de climatización de frío-calor, de acuerdo con lo expresado en el parágrafo 97 del Informe Anual.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que justifiquen su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a la cuestión referida en la conclusión quinta.

Con esta misma fecha se da traslado al responsable del centro visitado de las Sugerencias y las conclusiones remitidas a esa Dirección General.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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