Denuncias voluntarias de tráfico en la Guardia Civil

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 17021733


Texto

Se ha recibido su escrito, en relación con la queja registrada con el número de referencia que arriba se indica.

Consideraciones

1. Al escrito de referencia se acompaña copia del Acta-Denuncia que se remite al ayuntamiento y de la que se da una copia al denunciado.

2. Dicha Acta-Denuncia, de similares características a los boletines de denuncia que suele utilizar ese Cuerpo para las denuncias obligatorias, puede inducir a error a los denunciados ya que, en ningún lugar de este documento aparece reflejado que lo que se está formulando es una denuncia voluntaria.

3. Además, el hecho de que se entregue una copia a la persona denunciada puede inducirle a considerar que lo que se está formulando en su contra es una denuncia obligatoria.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular a V.I. la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Que se modifique el Acta que se utiliza para las denuncias de carácter voluntario y se especifique en la misma, de forma clara y visible, el carácter voluntario de la denuncia que se está formulando.

En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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