Texto
Se suspendieron las actuaciones tras recibir la comunicación de esa Secretaría de Estado en la que se exponía que, según informaba la Dirección General de los Registros y del Notariado, el interesado no había presentado solicitud de desglose de la documentación de su expediente en el Registro Civil.
El interesado ha comparecido aportando dicha solicitud, que se adjunta, que ya fue aportada y adjuntada al escrito de inicio de las actuaciones.
Consideraciones
1. Al interesado le asiste el derecho a obtener el desglose de la documentación que solicita.
2. Consta la copia con sello de entrada en el Registro Civil de haberlo solicitado el 15 de octubre de 2014.
3. Esa Secretaría de Estado es conocedora de la situación en la que se encuentra el Registro Civil de Alcorcón y las quejas que sobre el mismo se reciben en esta Institución por inaccesibilidad, extravíos, demoras, información incorrecta, etc.
Decisión
En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta Institución, se formula la siguiente:
SUGERENCIA
Desglosar y entregar al interesado la documentación que solicitó en su escrito de 15 de octubre de 2014, correspondiente al expediente 3190/2009 del Registro Civil de Alcorcón.
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa Secretaría de Estado.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo