Se ha recibido el informe que se había solicitado a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, en relación con la situación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Valverde (Hierro).
Consideraciones
1. En dicho escrito, la unidad de apoyo a la dirección general reconoce los problemas de cobertura que se han venido sucediendo en ese juzgado desde el año 2022, con sustituciones consecutivas de los funcionarios titulares y de los sustitutos que se han ido contratando, que devenían a su vez en nuevas bajas e incapacidades temporales, confirmando el análisis de las causas de los retrasos de este órgano que había realizado el letrado de la Administración de Justicia del juzgado.
2. También se reconoce que, el 26 de febrero de 2024, se registró una solicitud de la letrada de la Administración de Justicia del juzgado dirigida a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia para que se nombrase un segundo tramitador de refuerzo. Sin embargo, no se acordó aprobar dicho refuerzo, por estar por debajo de módulos.
3. Independientemente de los módulos establecidos, parece evidente que este juzgado adolece de problemas estructurales que le impiden realizar su trabajo de forma eficaz y eficiente, salvaguardando el derecho de los ciudadanos usuarios de este servicio a recibir justicia sin dilaciones indebidas y en un tiempo razonable. Estos problemas son los que denuncia no solo la interesada en esta queja, sino la propia letrada de la Administración de Justicia responsable de la oficina judicial del juzgado en cuestión.
4. Hay que analizar si el problema de incumplimiento de los módulos está relacionado con la rotación del personal de gestión y tramitación, y con los tiempos que tardan en cubrirse las bajas con sustituciones, como apunta la responsable de la oficina del juzgado, o si se trata de un problema de horarios, de relaciones personales, de desmotivación y bajo rendimiento de la plantilla, etcétera. Pueden ser problemas de gestión tecnológica y de conocimiento y manejo de las herramientas informáticas con las que cuenta el juzgado. Cualquiera de estas situaciones genera retrasos indeseados en la tramitación de los procedimientos civiles y penales de los que conoce, que repercuten negativamente en la resolución de los conflictos de los ciudadanos de la isla. Por lo que, deben analizarse en profundidad y adoptar soluciones acordes.
A la vista de la persistencia de las dilaciones que por cuestiones de gestión de personal se siguen produciendo en este juzgado, se adopta la siguiente:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular a V.E. la siguiente:
RECOMENDACIÓN
Que la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de Canarias adopte las medidas que sean necesarias y oportunas sobre el personal de la administración de justicia destinado en la oficina judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Valverde (Hierro), para que se puedan alcanzar los módulos de productividad establecidos por el CGPJ para este juzgado, y para evitar dilaciones indebidas en la tramitación de los expedientes judiciales de los que conoce.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo