Precauciones para evitar errores en la tramitación de las solicitudes en los procesos selectivos que se celebren dentro del Marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013 2016

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Instituto Español de Oceanografía (IEO). Ministerio de Economía y Competitividad

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 15004332


Texto

Ha tenido entrada en esta Institución su escrito de 8 de abril del presente año, en el que aporta la información que le fue requerida como consecuencia de la queja presentada por un grupo de aspirantes a ser admitidos en el proceso selectivo para la obtención de ayudas para contratos Juan de la Cierva-Incorporación, y en la que se recogían diversos supuestos relacionados con la tramitación de sus solicitudes para la obtención de estas ayudas, convocadas por Resolución de 1 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Economía y Competitividad.

Al parecer, en tiempo y forma los reclamantes habían presentado sus formularios para ser incluidos en la solicitud que ese Instituto Español de Oceanografía presentaría a las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación, convocatoria 2014, y posteriormente fueron informados de que el personal encargado de tramitar sus solicitudes dentro del plazo establecido no las había tramitado, supuestamente debido “a un error en la fecha de cierre de la convocatoria”, por lo que aspiraban a que sus solicitudes fueran admitidas en el periodo de subsanación de errores.

Al objeto de tomar el oportuno conocimiento de esta situación, se solicitó información sobre los supuestos contenidos en esta queja ante la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Economía y Competitividad, y ante el organismo que usted dirige.

Consideraciones

La Resolución, de 1 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, aprobó la convocatoria, correspondiente al año 2014, de diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, entre las que se encontraban las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación, reguladas de forma específica en el Capítulo V de la resolución de convocatoria (artículos del 69 al 84).

El artículo 9 de la resolución de convocatoria fija los plazos de presentación de solicitudes a las distintas actuaciones, estableciéndose para las Ayudas Juan de la Cierva-Incorporación del 8 de enero de 2015 al 5 de febrero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular), y el artículo 74 dispone la forma de presentación de solicitudes, precisando que serán los Centros de I+D los encargados de este trámite.

En el caso al que se refiere esta queja, el Instituto Español de Oceanografía que usted dirige era el centro en el que deseaban incluir los reclamantes su candidatura en el marco de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación. Pero a causa de un error cometido por ese organismo, no fue presentada la solicitud de participación a dicha actuación en el plazo establecido al efecto.

En su escrito se comunica que, como ya se les había informado a los reclamantes mediante notificación de 19 de febrero de 2015, ese Instituto confundió las fechas de cierre del plazo de esta convocatoria con la de ayudas Juan de la Cierva‑Formación, que finalizaba el 10 de febrero. Este error implicó que no fueran enviadas las solicitudes de ayudas a tramitar por ese Instituto en plazo a través de la aplicación informática que regula el proceso, lo que afectó a un número indeterminado de ciudadanos, que se vieron irremediablemente excluidos de la participación en el procedimiento.

Con independencia de las reclamaciones y recursos que individualmente hayan podido o puedan ser planteados por los perjudicados contra la actuación de ese organismo, lo cierto es que el tiempo transcurrido desde la finalización de los trámites del proceso selectivo al que se refieren los afectados, hace procedente dar por concluida la investigación iniciada por el Defensor del Pueblo con motivo de esta queja.

Sin embargo parece preciso recordarle que en todo proceso selectivo promovido por la Administración Pública, las convocatorias junto con sus bases, una vez convenientemente publicadas, vinculan a todos los participantes en el proceso, lo cual obligaba al organismo que usted dirige a extremar las precauciones para que en la tramitación de las solicitudes de participación que debían ser presentadas en el plazo y los términos contenidos en los artículos 9 y 74 de la convocatoria, no se produjera el error que implicó la inobservancia de tales preceptos, y además supuso que los reclamantes quedaran excluidos de la convocatoria.

Decisión

Esta Institución, conforme a lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, procede a formular la siguiente:

RECOMENDACIÓN

“Observar las precauciones necesarias para que en los sucesivos procesos selectivos que se celebren dentro del Marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013‑2016, para la concesión de ayudas en cuyo desarrollo deba participar ese Instituto Español de Oceanografía, no vuelvan a producirse errores como el sufrido en la convocatoria 2014 de ayudas Juan de la Cierva‑Incorporación”.

Agradeciéndole de antemano la acogida que dispense a esta RECOMENDACIÓN y a la espera del informe que sobre su aceptación ha de sernos remitido según prevé el ya citado artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981.

Le saluda atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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