Escolarización de un menor extranjero en situación irregular en Melilla.

SUGERENCIA:

Acordar la inmediata escolarización de menor, a la vista de su empadronamiento en la Ciudad Autónoma, así como del resto de documentación aportada, que acredita fuera de toda duda su residencia efectiva en Melilla junto con el resto de su familia.

Fecha: 28/05/2021
Administración: Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. Ministerio de Educación y Formación Profesional
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21013793

 


Escolarización de un menor extranjero en situación irregular en Melilla.

Se ha recibido escrito del letrado arriba indicado, en el que expone la falta de escolarización del menor (…..) en la Ciudad Autónoma de Melilla.

Consideraciones

1. En el escrito remitido, se acompaña copia de la solicitud de escolarización del menor, junto a la que se acompañaba, entre otra documentación, volante de empadronamiento colectivo con sus familiares en la Ciudad Autónoma, certificado de nacimiento y documento de asistencia sanitaria de toda la familia.

2. No obstante la documentación aportada, que acredita fuera de toda duda la residencia del menor junto con su familia en Melilla, no se procedió a la escolarización del menor, informando la Directora del Centro I.E.S. (…..) a los solicitantes de la falta de presentación de determinada documentación, “que era requisito indispensable”:

– DNI o tarjeta de residencia de los progenitores/tutores.

– Certificado de reserva de plaza, pues solicita adscripción par 1º de ESO.

– Libro de Familia (no está traducido).

3. En el presente caso, no se ha procedido hasta la fecha a admitir la escolarización del menor, pese a su empadronamiento en la Ciudad Autónoma junto con sus familiares, al insistir las autoridades educativas en Melilla en la imposibilidad de escolarizar menores extranjeros cuyos padres o tutores no cuenten con autorización para residir en España.

4. Al igual que se ha reiterado a esa Dirección General en otras quejas con un contenido similar, la citada actuación no se ajusta a derecho, toda vez que el supuesto para contar con el derecho a la escolarización es la efectiva residencia de los menores en territorio nacional, con independencia de la situación administrativa en la que se encuentren ellos y sus familiares.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.I. la siguiente:

SUGERENCIA

Acordar la inmediata escolarización de (…..), a la vista de su empadronamiento en la Ciudad Autónoma, así como del resto de documentación aportada, que acredita fuera de toda duda su residencia efectiva en Melilla junto con el resto de su familia.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de ese organismo,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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