Se ha recibido escrito de la letrada arriba indicada, en el que reitera la inadmisión el presente curso escolar de la escolarización en la Ciudad Autónoma de Melilla del menor (…..).
Consideraciones
1. La letrada comunica que junto con la solicitud de escolarización se presentó, entre otra documentación, pasaporte, libro de Familia, certificado de nacimiento, tarjeta sanitaria, contrato de arrendamiento de vivienda a nombre de los progenitores, así como informe social emitido por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) que refleja la convivencia de la familia en el domicilio indicado, así como su arraigo social en la Ciudad Autónoma.
2. A pesar de la citada documentación aportada, así como la escolarización desde hace años de su hermano mayor (…..) en el CEIP (…..), el centro ha inadmitido la solicitud, sin que los interesados tengan constancia de los motivos de ello.
3. Asimismo, en el presente caso el Comité de los Derechos del Niño ha solicitado que se adopte la medida provisional de escolarización del menor, por lo que se reiteran las consideraciones efectuadas en los escritos remitidos por esta institución en relación con la obligatoriedad de atender los dictámenes y medidas provisionales solicitadas por dicho Comité.
Decisión
En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula la siguiente:
SUGERENCIA
Proceder a la inmediata escolarización del menor (…..), a la vista de la documentación aportada que acredita su residencia efectiva en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de la resolución adoptada por el Comité de los Derechos del Niño en el presente caso.
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa Dirección General y en espera de la respuesta,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)