Personas con discapacidad intelectual en prisión.

RECOMENDACION:

Incluir a los presos con discapacidad intelectual en la Agenda Social y, en concreto, en la próxima Estrategia Española y Plan de Acción sobre Discapacidad, como colectivo especialmente vulnerable.

Fecha: 18/06/2019
Administración: Secretaría de Estado de Servicios Sociales. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19012153

 


Personas con discapacidad intelectual en prisión.

Esta institución se ocupa de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, y a esta vocación institucional responde la especial preocupación que suscitan aquellas personas en las que concurren más de una situación de vulnerabilidad, como es el caso de las personas privadas de libertad que presentan discapacidad intelectual.

Consideraciones

El Defensor del Pueblo ha publicado un estudio denominado “Las personas con discapacidad intelectual en prisión” que ha contado con la colaboración de cualificados expertos sobre esta materia, del que se remite una copia.

Decisión

En apoyo a las conclusiones alcanzadas en el estudio de referencia y en el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo en el artículo 5 de la Constitución, se estima la necesidad de iniciar con carácter DE OFICIO, las actuaciones previstas en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, formulando a V.E. la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Incluir a los presos con discapacidad intelectual en la Agenda Social y, en concreto, en la próxima Estrategia Española y Plan de Acción sobre Discapacidad, como colectivo especialmente vulnerable.

En consecuencia, se solicita información en el sentido de si se acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.