Facilitar al interesado la información solicitada

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Ayuntamiento de Cartagena (Murcia)

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 17010015


Texto

Se ha recibido su escrito, referido a la queja arriba indicada.

Consideraciones

La respuesta de ese Ayuntamiento no es correcta, a juicio de esta institución, ya que la queja del interesado se formula porque no se ha atendido su petición, a la cual ni siquiera se ha dado respuesta. Aunque su preocupación coincida con la de la Plataforma mencionada, se trata de una petición distinta e individualizada, y tiene que ser atendida debidamente.

Han de considerarse los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo.

Decisión

Esta institución ha resuelto formular a ese Ayuntamiento la siguiente:

SUGERENCIA

Facilitar al interesado la información solicitada.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la SUGERENCIA, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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