Texto
Se ha recibido escrito de 13 de enero (Salida 07/014525.9/16), remitiendo información relativa a la queja presentada ante esta institución por doña…, y registrada con el número de expediente arriba reseñado.
Consideraciones
Del contenido del informe se desprende que el recurso de alzada que dio lugar a la presente queja, interpuesto el 27 de febrero de 2015, ha sido resuelto por la Dirección General de Recursos Humanos de ese Servicio de Salud el 15 de diciembre pasado, y notificado a la interesada con fecha 28 de diciembre, habiéndose excedido con creces los plazos establecidos para resolver por parte de la Administración.
Decisión
Al amparo de lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo se ha decidido formular el presente:
RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES
Dictar resolución expresa sobre cuantas solicitudes y recursos se formulen por los interesados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No obstante lo anterior, se da por conforme dicho escrito y, habiéndolo comunicado a la interesada, se procede a finalizar las actuaciones seguidas con ocasión de dicha queja, en virtud de lo preceptuado en el artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo