Falta de resolución en plazo de una reclamación económico-administrativa

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Tribunal Economico-Administrativo Regional de Cantabria. Tribunales Económico-Administrativo Regionales

Respuesta de la Administración: Recordatorio Favorable

Queja número: 15002986


Texto

Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia, sobre la falta de resolución en plazo de la reclamación número (…), en el que indican que las restricciones presupuestarias en cuanto a personal, así como el aumento en número de reclamaciones interpuestas, hacen materialmente imposible que ese Tribunal pueda cumplir con los plazos de resolución previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Asimismo, señalan que en el área de tributos cedidos el plazo medio de resolución es de dos años, dos años y medio.

Consideraciones

Deben adoptarse medidas que agilicen los plazos de resolución de las reclamaciones económico-administrativas, puesto que los plazos medios de resolución exceden notoriamente los plazos previstos en los artículos 240 y 247 de la citada Ley General Tributaria.

Decisión

Solicitar que confirme a esta institución la resolución de dicha reclamación tan pronto esta se produzca, así como su efectiva notificación al interesado, y que remita copia de la misma. Además, al amparo de lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se le recuerda el deber legal que le incumbe de resolver, en tiempo y forma, las reclamaciones y solicitudes que le hayan sido formuladas.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.