Resolución de una solicitud de certificación de deudas tributarias pendientes

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Ayuntamiento de Lugo

Respuesta de la Administración: Recordatorio Favorable

Queja número: 15005481


Texto

 

Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia, sobre la falta de emisión de la certificación de deudas, que incluyen conceptos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, presentado por la mercantil interesada el 5 de febrero y el 20 de octubre de 2014.

Consideraciones

Señala ese Ayuntamiento que las deudas se remontan al ejercicio 2009, lo que ha demorado su emisión, adicionalmente señala que no se ha pagado la tasa correspondiente para la emisión del certificado.

El artículo 2 de la Ordenanza 100 que regula la Tasa por expedición de documentos administrativos de ese Ayuntamiento señala que no estará sujeta a esta tasa la tramitación de documentos y expedientes necesarios para el cumplimento de obligaciones fiscales, así como las consultas tributarias, los expedientes de devolución de ingresos indebidos, los recursos administrativos contra resoluciones municipales de cualquier índole y los relativos a prestación de servicios o realización de actividades de competencia municipal.

Adicionalmente, y desde que por primera vez se solicitara el mentado certificado, ha transcurrido un periodo superior a un año, tiempo suficiente que no permite justificar ante el solicitante la inactividad de la Administración.

Decisión

Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, procede formular el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL

Emitir el certificado solicitado por la mercantil interesada sobre las deudas tributarias y otras, en relación con un expediente de cobro ejecutivo, y proceder a su notificación, comunicando el resultado de dichas actuaciones a esta Institución.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.