Formación de los agentes de la primera intervención con víctimas de violencia de género de la Comisaría de Tetuán (Madrid).

SUGERENCIA:

Que se adopten con urgencia las medidas necesarias para garantizar la formación de los agentes encargados de la primera intervención con víctimas de violencia de género de la Comisaria de Tetuán (Madrid), y la aplicación de las recomendaciones de tratamiento a las victimas establecidas en el Protocolo 0 (Instrucción 5/2021 SES).

Fecha: 06/06/2023
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 22029330

 


Formación de los agentes de la primera intervención con víctimas de violencia de género de la Comisaría de Tetuán (Madrid).

Se ha recibido el informe solicitado por parte del Defensor del Pueblo para esta queja, cuyo número de referencia está arriba indicado, por el tratamiento inadecuado ofrecido a una víctima de violencia de género por parte de los funcionarios de policía de la Comisaría de Tetuán en Madrid.

Consideraciones

1. En su escrito, la Dirección General de la Policía afirma que, desde que la interesada interpuso su primera denuncia “la Policía Nacional siempre ha cumplido con lo establecido en la Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad por la que se establece el Protocolo para la valoración del nivel de riesgo de violencia de género, la seguridad de las víctimas y el seguimiento de los casos a través del sistema integral de los casos de violencia de género (VIOGEN)”. Sin embargo, la queja no versa sobre la valoración del riesgo que se realizó 14 veces en este caso, y que fue desacertada a tenor de la sentencia condenatoria que finalmente se impuso al agresor, sino sobre el trato recibido por parte de la víctima de los policías de la Comisaría de Tetuán, y la falta de atención y de empatía dispensada por los funcionarios en el momento de la denuncia

2. Además de la Instrucción 4/2019 de por la que se establece el Protocolo para la valoración policial del nivel de riesgo de Violencia de Género que cita en su respuesta, la Secretaría de Estado de Seguridad (SES) ha dictado más recientemente la INSTRUCCIÓN 5/2021, por la que se establece el Protocolo de primer contacto policial con víctimas de violencia de género en situación de desprotección, que actualiza y mejora las herramientas y procedimientos a disposición de las FFCCSE aplicables esos primeros contactos con las víctimas de violencia de género, que se encuentran en la mayoría de los casos en una situación de estrés que puede impedir o dificultar su declaración en comisaría.

3. Según el propio texto de la Instrucción 5/2021, la denuncia suele ser la primera ocasión en la que el personal de las FFCCS se encuentra en la primera línea de intervención con una víctima y por eso es un momento clave para obtener información relevante para el caso. Esta información puede resultar esencial para proteger a víctimas especialmente vulnerables y requiere que el personal perteneciente a las unidades de Seguridad Ciudadana adquiera los conocimientos necesarios para poder realizar este tipo de intervenciones.

4. La guía de actuación del Protocolo 0 recomienda a los agentes encargados de recoger la denuncia un decálogo de actuaciones en este primer contacto, imprescindibles para poder obtener la información que necesita una buena valoración de riesgo y para que la víctima se sienta protegida y segura, como por ejemplo solicitar la información de la víctima en un entorno privado, alejada tanto de menores como de cualquier otra persona; tener cuidado al obtener la información, priorizando la seguridad de la víctima y de menores frente a terceros; tener en cuenta la preocupación de la víctima por su propia seguridad que puede afectar a su capacidad para proporcionar información precisa y exhaustiva sobre los hechos; prestar atención al entorno y a las personas que están presentes cuando se produce la declaración; y en ningún momento sugerir el sentido de las respuestas cuando se realice alguna pregunta, ni prejuzgar la opinión o las manifestaciones de la víctima. Este es justamente el objeto de esta queja.

5. En todo caso, esta “primera intervención” es compleja y requiere que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y en concreto el personal perteneciente a las unidades de seguridad ciudadana, adquieran los conocimientos y las habilidades necesarios para realizar este tipo de actuaciones con personas víctimas de violencia de genero. Por eso, la propia Instrucción 5/2021 mandata a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que proporcionen dicha formación a sus agentes mediante cursos presenciales o en la modalidad on line, para el personal policial de todas las escalas y categorías.

Decisión

Se continúa con el desarrollo de estas actuaciones para conocer la formación ofrecida por parte de los responsables del Ministerio del Interior a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para la aplicación del Protocolo 0 (instrucción 5/2021 SES) en todas las comisarías y dependencias policiales de España en el momento de la denuncia, solicitando que informe sobre los datos con los que se cuenta en este sentido (por ejemplo, cursos impartidos, modalidad, temario de los cursos, formadores que han participado, número de agentes formados, número de agentes pendientes de formación, pruebas de evaluación de adquisición de conocimiento realizadas en estos cursos, etcétera). Todo ello de conformidad con el artículo 18.1 de la Ley Orgánica 3/1981, reguladora de esta institución.

Específicamente y en relación con el trato dispensado por parte de los funcionarios de policía de la Comisaría de Tetuán (Madrid) a la interesada en el momento de la denuncia, en el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular la siguiente:

SUGERENCIA

Que se adopten con urgencia las medidas necesarias para garantizar la formación de los agentes encargados de la primera intervención con víctimas de violencia de género de la Comisaria de Tetuán (Madrid), y la aplicación de las recomendaciones de tratamiento a las victimas establecidas en el Protocolo 0 (Instrucción 5/2021 SES).

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de ese departamento y en espera de la respuesta.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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