Compareció en esta institución doña (…..), NIE ……, solicitando nuestra intervención.
Consideraciones
1. Manifestaba que en el año 2014 formuló solicitud de nacionalidad por residencia en el Registro Civil de Fuenlabrada (…../2013), y que la tramitación se demoró durante cinco años, por el extravío de cierta documentación relativa al mismo.
2. Finalmente, el pasado año 2019, se resolvió conceder la nacionalidad española y con fecha 29 de enero de 2020 se realizó el trámite de jura.
3. La compareciente exponía que no se ha procedido a formalizar la inscripción de nacimiento.
4. Por parte de esta institución se inició una actuación con el Registro Civil de Fuenlabrada.
5. Recientemente se ha recibido contestación en la que se indica que “el expediente …/2013 correspondiente a la solicitud de nacionalidad formulada por la misma, ha sido remitido al Registro Civil Central en fecha 2/07/2020, para que por el mismo se practique de la inscripción de la adquisición de la nacionalidad española”.
Decisión
A la vista de lo expuesto, esta institución al amparo del artículo 30 de su Ley Orgánica reguladora, ha valorado la conveniencia de dar traslado de la siguiente:
SUGERENCIA
Que se proceda con la mayor brevedad posible a formalizar la oportuna inscripción como española en el registro civil.
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de ese registro civil y en espera de la respuesta,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)