Visita al Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE), en San Roque (Cádiz), muelle de Crinavis

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 18014024


Texto

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución, realizaron de oficio una visita al Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE), sito en las instalaciones portuarias de Campamento, en San Roque (Cádiz), muelle de Crinavis.

Como consecuencia de dicha visita, se ha llegado a la siguiente conclusión:

En cuanto a la asistencia jurídica, debe mejorarse el protocolo de actuación letrada para garantizar el derecho a una asistencia jurídica efectiva. Asistencias simultáneas de hasta 12 personas deberían quedar proscritas de ese protocolo, debiendo realizarse de manera individual. Asimismo, debe garantizarse materialmente, más allá de apariencias formales, que la persona detenida ha sido adecuadamente informada de las posibilidades de solicitar protección internacional por parte de España.

Esta situación pudo comprobarse asimismo en la Comisaría de la Policía Nacional en Algeciras-

Por ello se formula RECOMENDACIÓN.

Decisión

Con base en lo anteriormente indicado y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto de ese Iltre. Colegio de Abogados de Cádiz, la siguiente

RECOMENDACIÓN

Impartir instrucciones con la finalidad de evitar asistencias colectivas a personas inmersas en procedimientos de extranjería y de garantizar que dichas asistencias sean siempre individualizadas y efectivas.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no la Recomendación formulada, así como, en caso negativo, las razones que puedan justificar su no aceptación.

Próximamente se harán públicas las conclusiones alcanzadas con motivo de la visita y que podrá encontrar en el siguiente enlace:

https://www.defensordelpueblo.es/mnp/actividad/

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández MArugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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