Especificación de la especialidad en las citaciones de reconocimiento médico

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Subsecretaría de Defensa

Respuesta de la Administración: Rechazada Parcialmente

Queja número: 14018525


Texto

Esta Institución agradece la información remitida en relación con la queja planteada por don (…), registrada con el número arriba indicado, relativa a las notificaciones de las citaciones para pasar reconocimientos médicos por las juntas médico-periciales.

Consideraciones

Analizado detenidamente el contenido de la información remitida, esta Institución estima necesario realizar una serie de consideraciones al respecto.

De acuerdo con el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, que en su disposición transitoria primera señala que hasta la aprobación del Reglamento al que se refiere el artículo 55.2 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, la determinación de la aptitud psicofísica del personal del citado Cuerpo continuará rigiéndose por la normativa anterior salvo, para la evaluación por las juntas médico-periciales de las consecuencias de la enfermedad que lo será por las normas establecidas en los baremos del anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad indica que, con independencia de los reconocimientos médicos y de las pruebas psicológicas de carácter periódico, también podrán realizarse reconocimientos médicos en cualquier momento a iniciativa del propio interesado, fundamentada en informes médicos o psicológicos, o a propuesta motivada del Jefe de la Unidad, centro u organismo de destino o autoridad de quien dependa el interesado.

En la información remitida se indica, en relación con las notificaciones de las citaciones para pasar reconocimiento médico que “El contenido de las notificaciones que se remiten al paciente incluyen los días en que se hará el reconocimiento y se indica que el interesado debe aportar la documentación médica que estime oportuna.”

Esta mención tan genérica referida a que el interesado aporte la documentación médica que estime oportuna puede dar lugar a confusión en los pacientes, como ha sucedido en el supuesto que nos ocupa, pues si el interesado a iniciativa propia ha solicitado por escrito ser sometido a reconocimiento médico pericial por sufrir una concreta patología y, posteriormente, la propuesta en la que se le notifica la cita para pasar reconocimiento médico en una determinada fecha y lugar únicamente indica, como se desprende de los datos trasladados por el Sr. (…) a esta Institución, que “acompañe la documentación médica que pudiera aportar” lo que parece más lógico y razonable es que el afectado interprete que ese reconocimiento para el que ha sido citado responde a la petición que personalmente ha efectuado para ser valorado y, por tanto, que acuda a dicha cita aportando la documentación médica que obre en su poder sobre dicha patología y no sobre todas las afecciones que, en su caso, pudiera padecer y por las que también puede ser citado de oficio para revisión de sus condiciones psicofísicas.

Esta Institución estima que en las citaciones para los reconocimientos médicos debería indicarse la especialidad sobre la que va a versar el mismo, pues los interesados pueden estar afectados por diversas patologías de distintas especialidades médicas y, por tanto, ser citados para pasar numerosos reconocimientos. Así, concretándose la especialidad de referencia se podrían evitar posibles confusiones en la documentación a aportar por los afectados.

Decisión

Sobre la base de las argumentaciones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular la siguiente

RECOMENDACIÓN

“Incluir en las citaciones para pasar reconocimiento médico pericial, además de la fecha y lugar, la especialidad médica concreta sobre la que va a versar el citado reconocimiento, de manera que los pacientes puedan aportar la documentación médica que al respecto estimen oportuna”.

A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo de la Recomendación formulada.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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