Se ha recibido su escrito fechado el 5 de agosto del presente año 2021, en respuesta a la solicitud de información requerida por esta institución, en el que comunica que no se ha producido ningún avance en la incorporación de los servicios sanitarios al Sistema VioGén.
En atención a lo establecido en el artículo 28.2 y 30.1 de la Ley orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo y, teniendo en cuenta que desde 2018 no se ha vuelto a realizar ninguna actuación desde el Ministerio del Interior para incorporar a los servicios sanitarios al Sistema de VioGén, tal y como certifican sus escritos de agosto de 2018, junio de 2019 y junio de 2020, se formula a V.E. las siguientes:
RECOMENDACIONES
1. Que se proceda de inmediato a la finalización del estudio de las propuestas realizadas por el Grupo de Trabajo Interministerial del “Pacto de Estado en materia de Violencia de Género” sobre las necesidades de mejora y reforma del Sistema VioGén y que se proceda a la publicación de aquellas conclusiones que finalmente vayan a ser implementadas por parte del Ministerio del Interior.
2. Que se proceda al desarrollo técnico operativo necesario, para incorporar al Sistema VioGén la información emitida por los servicios sanitarios, en los casos de atención a víctimas de violencia de género.
3. Que se redacten y firmen los convenios necesarios para que los sistemas de salud de las comunidades autónomas puedan verter la información de la que disponen en los casos atendidos sobre violencia de género, al sistema de valoración de riesgo del Ministerio del Interior, con objeto de enriquecer los elementos de valoración a tener en cuenta, para la mejor protección de las víctimas.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se aceptan o no las RECOMENDACIONES formuladas y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)