Texto
Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado, en el que se informa sobre las medidas adoptadas para garantizar la disponibilidad de cita previa en los trámites de extranjería.
Consideraciones
1. La ampliación de la jornada laboral de 26 funcionarios durante los meses de marzo y abril del presente año no es suficiente para resolver el problema planteado. Del mismo modo, la reducción en el año 2016 del personal que presta servicio en las oficinas de extranjeros conllevará un empeoramiento del servicio.
2. Los particulares desconocen los días y horas concretos en los que se ponen a disposición las citas, lo que dificulta su obtención. El hecho de que profesionales y locutorios conozcan dichas fechas en que se vuelcan las citas al sistema, facilita el acceso a las mismas. Esta institución entiende que la suficiencia de citas disponibles resolvería de modo definitivo los posibles usos irregulares del sistema de acceso, posibilitando su obtención tanto por particulares como por profesionales y locutorios, ya que es preciso tomar en consideración que muchos ciudadanos no tienen acceso a Internet y utilizan puntos de acceso públicos.
3. La ausencia de citas para la mayoría de trámites de extranjería en la provincia de Barcelona, contrasta con la situación en el resto del territorio nacional, donde, con mayor o menor demora, se puede obtener cita para realizar cualquiera de los diferentes trámites de extranjería.
4. Personal de esta institución ha comprobado recientemente en distintos días y a diferentes horas la imposibilidad de acceder a citas para trámites de extranjería, por lo que se constata que las medidas adoptadas no han conseguido la disponibilidad de las mismas. Se siguen recibiendo quejas en esta institución que exponen que la situación, lejos de arreglarse, ha empeorado, puesto que la demora en la obtención de citas propicia la caducidad de los informes y documentos a aportar y el transcurso de los plazos.
5. De conformidad con los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se continúan las actuaciones en la presente queja.
Decisión
Al amparo de lo previsto en el 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se formula la presente:
RECOMENDACIÓN
Incrementar el personal adscrito a la Oficina de Extranjeros de Barcelona, a fin de garantizar la disponibilidad de cita previa para la realización de los distintos trámites de extranjería en un plazo razonable, adaptando la oferta de las mismas a la demanda real existente.
En la seguridad de que esta Recomendación será objeto de atención por parte de V.I. y en espera de la respuesta,
le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo