Texto
Se ha recibido su escrito en el que se contiene información relativa a la queja mencionada más arriba.
Consideraciones
1. De la información suministrada se desprende la concurrencia de los diversos recursos humanos y materiales que integran el Servicio de Planificación y Promoción Deportiva, aludiendo a los medios humanos disponibles para la resolución de los expedientes administrativos pendientes y a la solicitud de un sistema informático para la gestión de estos procedimientos.
2. Si bien nada se especifica acerca de la necesidad de incrementar los medios personales, se destaca la solicitud efectuada a la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en orden a la creación de una base de datos o gestor unificado, que habría sido cursada en 2014 y no habría sido atendida, ni, como se indica, tampoco denegada expresamente.
3. No existe duda, por otra parte, acerca del retraso operado en la resolución de estos expedientes ‑reconocimiento que se anuncia que finalizará a lo largo de 2018‑. Esta institución considera que debe valorarse la necesidad de incrementar los recursos humanos a disposición de ese servicio y reiterar la solicitud de creación de una base informática específica, para la cobertura de necesidades futuras en la tramitación ordinaria de esa actividad estructural del servicio. En suma, tanto para la gestión actualizada y eficiente de los procedimientos encomendados a esa unidad para el reconocimiento de la formación deportiva, y de la documentación derivada de los cursos de formación, como para la programación derivada del periodo transitorio hasta la implantación de la normativa actual contenida en la Orden EDU/158/2014, de 5 de febrero, y con relación a la tramitación de los expedientes generados tras esta normativa, de estimarse igualmente necesario.
Decisión
Por todo cuanto queda expuesto, al amparo de lo previsto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo, se ha decidido formular la presente:
SUGERENCIA
Valorar la solicitud de incremento de los medios humanos disponibles en el Servicio de Planificación y Promoción del Deporte, y promover la creación de una base de datos o sistema unificado para la gestión de los expedientes de reconocimiento de la formación deportiva.
Agradeciéndole la acogida que dispense a esta Sugerencia y a la espera de la información que sobre su aceptación ha de sernos remitida según prevé el ya citado artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, le saluda muy atentamente,
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)