Texto
Se ha recibido su escrito de 18 de enero remitiendo información relativa a la queja presentada ante esta institución por don…, y registrada con el número de expediente arriba reseñado.
Consideraciones
Del contenido del informe recibido se desprende el incumplimiento de los plazos establecidos para resolver expresamente.
Decisión
Al amparo de lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo se ha decidido formular el presente:
RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL
Dictar resolución expresa sobre cuantas solicitudes y recursos se formulen por los interesados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No obstante lo anterior, se da por conforme dicho escrito y, habiéndolo comunicado al interesado, se procede a finalizar las actuaciones seguidas con ocasión de dicha queja, en virtud de lo preceptuado en el artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo