Ingreso mínimo vital.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Motivar, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos.

Fecha: 30/07/2021
Administración: Instituto Nacional de la Seguridad Social. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21012804

 

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Decidir, en la resolución que ponga fin al procedimiento administrativo , sobre todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del expediente.

 

 

Fecha: 30/07/2021
Administración: Instituto Nacional de la Seguridad Social. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Respuesta: Recordatorio Favorable
Queja número: 21012804

 


Ingreso mínimo vital.

Con relación a la queja registrada con el número arriba indicado, se ha recibido contestación de ese Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Consideraciones

1. La persona interesada está divorciada y no convive con ninguna persona con la que mantenga vínculos de parentesco.

2. La Administración pone de manifiesto que le consta que doña (…..) convive en el mismo domicilio con don (…..), aunque no indica desde que fecha.

3. De esta circunstancia no cabe afirmar que la persona que solicita la prestación forma parte de otra unidad de convivencia para denegar su solicitud como beneficiario individual del ingreso mínimo vital.

4. La persona interesada afirma que ha presentado ante el INSS la declaración de su arrendatario, don (…..), y el contrato de alquiler, suscrito en marzo de 2020, y su prórroga anual, sin que la Administración haya tenido en consideración esta alegación ni se haya pronunciado sobre dicho extremo al resolver su solicitud.

Decisión

Por ello, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas por el artículo 54 de la Constitución y el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución le dirige el siguiente:

RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL

1. Motivar, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos.

2. Decidir, en la resolución que ponga fin al procedimiento administrativo, sobre todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del expediente.

Asimismo, se solicita que la Administración remita su criterio respecto el derecho de las personas solicitantes individuales, en situación de vulnerabilidad económica, que para disponer de recursos económicos alquilan la vivienda en que residen o parte de la misma a una tercera persona con la que no comparten vínculos de parentesco.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.