Pruebas selectivas de promoción interna del cuerpo de la policía local

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Ayuntamiento de Alcorcón (Madrid)

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 15001796


Texto

Esta institución agradece la información remitida, en relación con la queja planteada por varios participantes en las pruebas selectivas de promoción interna para el acceso a siete plazas de cabo y tres plazas de sargento del cuerpo de la policía local convocadas por esa corporación municipal, registrada con el número arriba indicado.

Consideraciones

1. En la información remitida se trasladan en síntesis las actuaciones llevadas a cabo por el tribunal calificador de los citados procesos selectivos y se informa del contenido del último Acuerdo adoptado el pasado 15 de octubre de 2015. Se informa asimismo que dicho acuerdo se ha sometido a consideración de la Asesoría Jurídica para informe, indicándose que, por parte de la titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, ha sido remitido a la Concejalía de Presidencia, puesto que en este momento la titularidad de la Asesoría Jurídica no se encuentra cubierta.

2. De lo informado se deduce que unas pruebas selectivas cuyo tercer ejercicio se realizó hace ya un año, se mantienen en una situación de pendencia en la que se ignora si la prueba celebrada permanece anulada o no.

3. La situación de pendencia alcanza incluso a la convocatoria misma de las pruebas selectivas ya que, según el acuerdo del tribunal del que se informa, se plantea ahora la posibilidad de proceder a su anulación, posibilidad esta también incierta que se somete al criterio de la asesoría jurídica –cuya titularidad está vacante- y a la cautela de la caducidad.

4. Asimismo se deduce de la información recibida que pese al tiempo transcurrido y pese a los persistentes indicios de irregularidades conocidas y constatadas, no se han tomado decisiones tendentes a la depuración de las responsabilidades administrativas y penales en las que se hubiera podido incurrir.

Decisión

Sobre la base de las argumentaciones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, he resuelto formularle las siguientes:

RECOMENDACIONES

“1. Emitir con urgencia los informes jurídicos pertinentes sobre la anulación o mantenimiento de la convocatoria y las pruebas celebradas.

2. Resolver con el mismo carácter de urgencia lo que proceda y, en función de ello, adoptar las decisiones correspondientes para finalizar el proceso selectivo o, en su caso, convocar nuevas pruebas para la cobertura de las plazas afectadas.

3. Iniciar con urgencia las acciones procedentes para depurar las responsabilidades administrativas y penales que pudieran derivarse de las irregularidad detectadas”.

A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo de cada una de las recomendaciones formuladas.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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