Inspección y supervisión de los servicios externalizados de atención a las víctimas de violencia de género.

RECOMENDACION:

Que se adopten las medidas que sean necesarias para que se garantice el control, inspección y supervisión de los servicios externalizados de atención a las víctimas de violencia de género, que son contratados con entidades privadas, para asegurar el cumplimiento de los compromisos contractuales adquiridos con la Administración catalana.

Fecha: 25/10/2024
Administración: Departamento de Igualdad y Feminismos. Generalitat de Cataluña
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23035767

 

RECOMENDACION:

Que se adopten las medidas que sean necesarias para que se publiquen en la página web del Departamento de Igualdad de la Generalitat de Catalunya las memorias económicas de las actividades realizadas y los informes justificativos del servicio prestado por dichas entidades (servicios externalizados de atención alas víctimas de violencia de género) de manera que esta información sea fácilmente accesible para las organizaciones internacionales y ong’s  que trabajan en este sector. Igualmente, que se adopten las medidas que sean necesarias para que se publiquen las actas de inspección de la Administración, con las mejoras que hayan sido propuestas.

Fecha: 25/10/2024
Administración: Departamento de Igualdad y Feminismos. Generalitat de Cataluña
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23035767

 


Inspección y supervisión de los servicios externalizados de atención a las víctimas de violencia de género.

Se acusa recibo del informe enviado por el Departamento de Igualdad de la Generalidad de Cataluña, en el que se informa que la comunidad autónoma ha subvencionado (a través de la correspondiente convocatoria de subvenciones 2023-2024) el proyecto Namira de la entidad In Via con un importe de 180.000,00 euros. Este proyecto es el que incluye las viviendas de inclusión residencial, entre las que está la «Casa de la Jove».

Consideraciones

1. Al parecer, la financiación de este servicio está publicada detalladamente en la web de la entidad In Via, y se ha comprobado que efectivamente constan los Informe d’Auditoria Independent de Comptes Anuals de los ejercicios 2020 al 2023. Se puede comprobar en https://www.invia.cat/es/transparencia-2/. Sin embargo, para aquellas entidades internacionales que se encargan de estos temas y para las ONG’s que trabajan en este sector, esto no es suficiente para conocer qué servicios se están ofreciendo a las mujeres víctimas y cuánto cuestan, si no se conoce qué entidades han sido adjudicatarias. Que la entidad en cuestión publique estos datos es consecuencia de su compromiso privado por la transparencia, y es de agradecer, pero esto no suple la obligación de la Administración de rendir cuentas de sus actuaciones, incluso cuando deriva la prestación de los servicios a terceros privados.

2. Igualmente se informa de las medidas adoptadas para comprobar la calidad de estos servicios que son financiados con dinero público y que están reguladas en la ORDEN IFE/189/2023, de 18 de julio, (de modificación de la Orden IFE/198/2022), y en la RESOLUCIÓN IFE/2729/2023, de 21 de julio. Por ejemplo, la entidad adjudicataria de esta subvención debe presentar una cuenta justificativa con la aportación del informe una persona auditora y se establece un plazo determinado para publicar esta justificación. Sin embargo, esto no aparece en la página de la administración, como tampoco son publicadas las actas de las inspecciones que se realicen a estas entidades o las propuestas de mejora.

Agradeciendo el trabajo realizado en esta queja, y para ayudar a las administraciones públicas españolas al cumplimiento de las recomendaciones que GREVIO ha elaborado para España, se adopta la siguiente

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular la siguiente:

RECOMENDACIONES

1. Que se adopten las medidas que sean necesarias para que se garantice el control, inspección y supervisión de los servicios externalizados de atención a las víctimas de violencia de género, que son contratados con entidades privadas, para asegurar el cumplimiento de los compromisos contractuales adquiridos con la Administración catalana.

2. Que se adopten las medidas que sean necesarias para que se publiquen en la página web del Departamento de Igualdad de la Generalitat de Catalunya las memorias económicas de las actividades realizadas y los informes justificativos del servicio prestado por dichas entidades de manera que esta información sea fácilmente accesible para las organizaciones internacionales y ong’s que trabajan en este sector. Igualmente, que se adopten las medidas que sean necesarias para que se publiquen las actas de inspección de la Administración, con las mejoras que hayan sido propuestas.

En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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