Sistema de lectura de los contadores de agua que permita conocer la fecha de su lectura

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 14011820


Texto

Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia. En la comunicación de ese Ayuntamiento se indica que el sistema de lectura de los contadores de agua es recorrer con una frecuencia determinada todos y cada uno de los suministros a fin de tomar la lectura del contador de forma visual y se realiza su anotación, pero no se refleja el día y el mes en que se realiza.

Consideraciones

1. Aunque ese sistema de lectura tradicional presenta la ventaja de que suele tener unos costes bastante modestos, también muestra una serie de inconvenientes de cara a disponer de una correcta información de todos los consumos, entre los que se encuentra la rigidez en la planificación de las fechas de lectura, ya que es necesario dimensionar correctamente el equipo humano para llevar a cabo esas tareas, y las ausencias de lectura que conllevan facturaciones con estimaciones, lo que pueden dar lugar a reclamaciones de clientes y no tener datos reales de consumo.

2. La información que obtiene la empresa suministradora a través de ese sistema es muy simple, pues consiste únicamente en el dato de la lectura del contador.

3. Las empresas suministradoras deben enfocar cada vez más su gestión en la orientación al cliente, y adoptar todas las innovaciones que permitan una mejora en los procesos del servicio.

4. La lectura de los contadores no debe ser un mero instrumento para permitir la facturación, sino una herramienta que proporcione mayor información sobre el consumo de agua, mejor servicio a los consumidores y contribuya a la eficiencia de los sistemas de abastecimiento.

5. Para que un consumidor pueda verificar el adecuado funcionamiento del contador es preciso conocer en detalle los momentos del consumo, ya que una forma sencilla es la comprobación de las fechas y horas de los puntos de consumo, dato fundamental para saber si el gasto de agua es real, o si obedece a algún tipo de avería.

Decisión

Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, procede formular la siguiente:

RECOMENDACIÓN

“Adoptar un sistema de lectura de contadores de agua que permita conocer a los usuarios el mayor número de datos relativos a su consumo, entre los que se incluye la fecha de lectura de los mismos.”

En espera de la remisión de la información, en la que se ponga de manifiesto la aceptación de esta RECOMENDACIÓN, o en su caso, de las razones que se estimen para no aceptarla, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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