Texto
Se suspendieron actuaciones tras la última comunicación que indicaba que el expediente de referencia se hallaba a la espera de recibir la certificación de antecedentes penales solicitada a la interesada.
Consideraciones
1. La documentación fue requerida el 15 de julio de 2014 y entregada el 31 de agosto de 2017, debido a la demora de la burocracia de su país. Se adjuntan copia del acta de comparecencia, de la certificación, del oficio de remisión y del acuse de recibo y de una segunda acta de comparecencia en la que el Registro Civil acredita haber recibido dicho acuse en el que se indica la correcta recepción por parte de la Dirección General de los Registros y del Notariado el 19 de septiembre de 2017.
2. Se constata el incumplimiento de los plazos que imponen las normas procedimentales a las administraciones públicas, en relación con esta clase de expedientes.
Decisión
Por todo cuanto queda expuesto, al amparo de lo previsto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se le formula la siguiente:
SUGERENCIA
Localizar la documentación extraviada aportada por la interesada, cuya recepción en la Dirección General de los Registros y del Notariado ha sido acreditada, y resolver sin mayor dilación su expediente de nacionalidad, que acumula una demora superior a los seis años, debido al anormal funcionamiento de la administración.
En la seguridad de que esta sugerencia será objeto de atención por parte de esa Secretaría de Estado y en espera de la respuesta,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)