Medios personales y materiales para que el Consulado General de España en Dakar (Senegal) pueda atender la demanda existente.

RECOMENDACION:

Que se adopten las medidas necesarias a fin de que el Consulado General de España en Dakar (Senegal) cuente con los medios personales y materiales adecuados que permita atender a la demanda existente y a la previsible en los próximos años.

Fecha: 03/10/2023
Administración: Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Respuesta: En trámite
Queja número: 21019199

 


Medios personales y materiales para que el Consulado General de España en Dakar (Senegal) pueda atender la demanda existente.

La inmigración senegalesa en España, junto a la marroquí, fue de las primeras comunidades africanas en establecerse en nuestro país. La inmensa mayoría de los ciudadanos senegaleses son residentes de larga duración, y son cada vez más los que adquieren la nacionalidad española. Esta realidad muestra un colectivo con una vocación de permanencia y fuerte arraigo en España, generando inevitablemente una mayor carga de trabajo en nuestro consulado en Dakar, que se hace cargo también de Gambia.

Tras la recepción de numerosas quejas relativas al funcionamiento del Consulado General de España en Dakar, se iniciaron actuaciones con la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y la Dirección General del Servicio Exterior. Tras las respuestas recibidas, se constata que el citado consulado no ha reforzado con los necesarios medios personales y materiales.

Consideraciones

1. Según los últimos datos publicados por la Secretaría de Estado de Migraciones, a 31 de diciembre de 2022, los ciudadanos senegaleses residentes en España ascendían ya a 76.024. Esta cifra los coloca, tras Marruecos, como el segundo país africano con mayor número de residentes legales en nuestro país.

2. Ahora, casi 55.000 ciudadanos senegaleses son residentes de larga duración. Este dato, junto a los más de 10.000 nuevos españoles de origen senegalés, que han adquirido la nacionalidad española en los últimos diez años, nos muestra un colectivo con una vocación de permanencia y fuerte arraigo en nuestro país. Entre otros derechos, pueden solicitar la reagrupación de sus familiares, de conformidad con el procedimiento previsto en la legislación de extranjería y en el derecho de la Unión Europea.

3. Por su parte, los nacionales gambianos residentes en España de los que también se ocupa nuestra misión consular en Dakar, son ya más de 23.000, de los que 14.000 son titulares de residencia permanente. Según los últimos datos de adquisición de nacionalidad española, más de 5.000 gambianos han adquirido la nacionalidad española en estos últimos 10 años.

4. Estas cifras generan inevitablemente una mayor carga de trabajo en nuestro consulado en Dakar. Las quejas que se reciben se refieren a las demoras para la tramitación de visados por reagrupación familiar de menores de edad, así como respecto a las demoras del Registro Civil Consular para la tramitación de expedientes de nacionalidad española de los familiares. En su última respuesta, la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares reconoce que los plazos entre la solicitud de cita y la comparecencia son de 17 meses para visado de reagrupación familiar en régimen general (hijos y cónyuges); de dos meses en régimen comunitario (cónyuges y ascendientes) y 11 meses para los hijos de esta última categoría. De hecho, en una de las últimas quejas que ha tenido entrada en esta institución, se ha asignado cita a un menor para la solicitud de un visado en régimen general para el año 2025, plazo que resulta inaceptable.

5. A la vista de las cifras de visados concedidos por el citado consulado durante 2022 (197 visados de validez territorial, 2.498 visados uniformes y 1.300 de larga duración) resulta palmaria la necesidad de reforzar sus medios personales y materiales. Especialmente en aquellos casos, cada vez más numerosos, de expedientes que deben tener una tramitación preferente por afectar al derecho a la vida familiar de las personas interesadas, nuevos nacionales españoles, y que, en muchos casos afectan a menores de edad.

6. Corresponde a esa subsecretaría el establecimiento de los planes de inspección del personal y de los servicios, y la mejora de los sistemas de planificación, dirección y organización para la racionalización y simplificación de los procedimientos y métodos de trabajo, teniendo en cuenta, además el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Componente 11 que incluye un Plan de Digitalización Consular.

7. Esta queja reúne los requisitos formales establecidos en el artículo 54 de la Constitución y en los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la citada ley orgánica del Defensor del Pueblo, se formula a V.I. la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Que se adopten las medidas necesarias a fin de que el Consulado General de España en Dakar (Senegal) cuente con los medios personales y materiales adecuados que permita atender a la demanda existente y a la previsible en los próximos años.

En la seguridad de que esta Recomendación será objeto de atención por parte de esa subsecretaría y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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