Situación de las personas con enfermedad celiaca Menús adaptados a personas celiacas en centros residenciales de atención social

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Presidencia. Ciudad Autónoma de Melilla

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 15010417


Texto

Esta institución se pone de nuevo en contacto con esa Administración como continuación de la actuación realizada en su día con la Consejería de Bienestar Social, en el marco de la actuación de oficio que se inició con el conjunto de comunidades y ciudades autónomas para conocer la realidad de la enfermedad celiaca.

 Consideraciones

1. Finalizados los trabajos preparatorios, sus resultados se han recogido en un Estudio que adjunto se acompaña.

2. De las conclusiones de este Estudio se desprenden recomendaciones dirigidas a las distintas Administraciones públicas, en función de sus respectivos ámbitos de competencia, todas ellas encaminadas a mejorar la calidad de vida y a lograr una adecuada atención para las personas con enfermedad celiaca.

 Decisión

Con base en lo anterior, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se formula a V.E. las siguientes

1. Intensificar las campañas de control e inspección en relación con las declaraciones obligatorias en materia de productos y sustancias alérgenas o que producen intolerancias alimentarias.

2. Fomentar la participación de las asociaciones de afectados por la enfermedad celíaca en las labores de planificación y seguimiento de la seguridad y calidad alimentarias. Asimismo, establecer un protocolo para la cooperación de estas entidades en las tareas de control alimentario, de conformidad con el Real Decreto 538/2015, de 26 de junio.

3. Coordinar con las administraciones sanitarias las medidas de impulso sociosanitario de los grupos de pacientes con enfermedades crónicas, como la enfermedad celíaca, cuyo tratamiento supone un incremento de costes económicos, para establecer las correspondientes medidas de compensación.

4. Incluir en los objetivos de inspección de los centros de atención social residencial la verificación de las ofertas de menús adaptados a las necesidades alimentarias de los usuarios, con especial atención a la disponibilidad de menús sin gluten, u otras sustancias alérgenas o que producen intolerancias.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.