Visita al centro penitenciario de Cáceres.

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas necesarias para garantizar una adecuada formación continua de los trabajadores del centro.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que los funcionarios que prestan servicio en este centro penitenciario cumplan con su deber de portar su placa identificativa y vigilar el estricto cumplimiento de esta previsión.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Siempre que por parte de la Dirección se tenga conocimiento de que algún interno afirma haber sufrido malos tratos, iniciar las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos, en primer término por el propio establecimiento y posteriormente por las unidades especializadas de los servicios centrales. Dichas actuaciones habrán de realizarse a través de medios que aseguren tanto su eficacia como su independencia, recabando de oficio las posibles pruebas, como los testimonios de las personas implicadas (interno afectado, funcionarios y posibles testigos), o las grabaciones del sistema de videovigilancia.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones necesarias para que se anote tanto en el Sistema Informático Penitenciario (SIP) como en el libro de medios coercitivos cada medio empleado.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones necesarias para que en el libro de aplicación de medios coercitivos quede anotada la autorización del médico para su aplicación, así como los datos de los funcionarios que hayan podido intervenir.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Instalar un interfono o sistema de llamada de las celdas de sujeciones de manera que el canal de comunicación quede abierto permanentemente durante el tiempo que dure la contención.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Distinguir entre cacheos superficiales y registros integrales, anotando de forma separada cada actuación y realizando estos últimos en un lugar donde se preserve la intimidad del interno.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Incluir en el libro de registros integrales la anotación del resultado positivo o negativo de cada registro.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Dar instrucciones para que en los registros de las celdas, siempre se encuentre el interno presente.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Facilitar al interno en todos los casos copia de la solicitud para que le atienda el servicio médico, así como implantar un registro de demandas de atención urgentes.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Dotar con más personal el Programa de Atención Integral a Enfermedades Mentales, especialmente para cubrir los objetivos específicos de rehabilitación, y darle mayor contenido al programa.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Adaptar los modelos de partes de lesiones existentes en el centro que se adapten a las recomendaciones efectuadas por la Institución en el «Estudio sobre los partes de lesiones en personas privadas de libertad».

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 

SUGERENCIA:

Dotar de personal específico para incrementar la oferta y la realización de actividades por parte de los internos con el fin de coadyuvar a su reeducación y reinserción social.

Fecha: 11/03/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18015047

 


Visita al centro penitenciario de Cáceres.

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución y un técnico externo, realizaron una visita al Centro Penitenciario de Cáceres.

Consideraciones:

Como consecuencia de dicha visita se ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. La presente acta recoge la información recogida por el MNP en su primera visita al Centro Penitenciario de Cáceres. Anteriormente fue visitada por el Área de Seguridad y Justicia del Defensor del Pueblo.

Personal

2. Hay déficit de funcionarios de vigilancia, cuestión que preocupa al equipo directivo. Las razones son la jubilación de parte de la plantilla y el elevado número de funcionarios que han pasado a la denominada segunda actividad (para mayores de 57 años), con puestos específicos que no les permiten hacer vigilancia en el interior.

3. El personal del centro señala que se imparten cursos de prevención de incendios pero no otro tipo de cursos como defensa personal. Refieren que lo han solicitado a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en diversas ocasiones pero que durante tres años no les ha impartido ningún

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

4. Durante la visita se observó que varios funcionarios no iban identificados.

Aunque esta cuestión está siendo tramitada con carácter general en el expediente número 17008494, se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

Investigación quejas por malos tratos

5. A la llegada del equipo del MNP, el centro no contaba con el libro de registro de quejas de malos tratos, ya que informaron de que no había habido ninguna queja al respecto. Sin embargo, antes de la finalización de la visita, se diligenció la apertura del Libro.

Esta información contrasta con los antecedentes encontrados antes del inicio de la visita donde se informa que en el año 2017 hubo una denuncia por malos tratos. La Orden de Servicio 8/2016 donde se implanta el Libro de quejas por malos tratos se aprobó el 11 de octubre de 2016, por lo que debería haberse incluido en el Libro e investigado como queja por malos tratos.

6. Con relación a la afirmación de que en ese centro no existían quejas por malos tratos, se informó por parte de Dirección que sí hay quejas en contra de algún funcionario, pero los internos lo realizan a través de las instancias. No consideran estas quejas como vinculadas a malos tratos.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

Medios coercitivos

7. Los medios coercitivos se aplican con moderación. Concretamente, el uso de sujeciones mecánicas (correas homologadas) es poco frecuente y la utilización de las esposas parece que es casi nulo.

A este respecto, se solicita copia del libro de aplicación de medios coercitivos de Jefatura de Servicios y del SIP desde la fecha de la visita, 19 de septiembre de 2018, hasta la recepción del presente informe.

8. Con relación a los datos sobre uso de correas homologadas registrados en SIP y en el libro de aplicación de medios coercitivos no coinciden, ya que se señala que no se anota cada medio empleado sino el más gravoso.

Además, llama la atención la inexistencia de registros de utilización de fuerza física personal en 2018, máxime cuando en los hechos que se narran en algún incidente regimental se refieren episodios de uso de la fuerza física.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

9. Tampoco queda reflejado en el libro si el interno ha sido reconocido por el médico y ha dado la autorización para que se le pueda aplicar las correas homologadas o el aislamiento provisional.

En la documentación sobre el uso de correas homologadas examinada, se observa que el médico reconoce al interno en la fecha de la aplicación, pero no aparece la hora, ni se refleja en el Libro de medios coercitivos, ni se refleja el seguimiento por su parte durante la medida.

Tampoco se consignan los datos de los funcionarios que hayan podido intervenir con motivo del incidente que da lugar a la aplicación de medidas coercitivas.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

10. Tanto en la celda de contenciones mecánicas regimentales con en la de enfermería no disponían de interfono o para la comunicación del interno con los funcionarios o un pulsador al alcance del mismo.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

Limitaciones regimentales

11. Sólo en las observaciones del libro de empleo de medios coercitivos, se indica si el interno vuelve a su módulo o pasa a aplicársele alguno de los apartados del artículo 75 RP.

Con relación a la aplicación de las limitaciones regimentales, se solicita copia del SIP desde la fecha de la visita (19 de septiembre de 2018) hasta la recepción del presente informe así como las Órdenes de Servicio.

Asimismo, se solicita información sobre los internos a los que se les haya aplicado el artículo 75.3 del Reglamento Penitenciario, desde la fecha de la visita hasta la de recepción del presente escrito.

12. Varios internos manifestaron que, cuando se encuentran en artículo 75 RP muchos internos, no se les saca al patio las horas que les corresponden.

Se solicita información sobre lo manifestado.

Registros

13. En el despacho del Jefe de Servicios se encuentra el libro de registros integrales. En este libro se anota el apunte correlativamente, fecha, nombre del interno, departamento y observaciones, en donde la mayoría de los casos se señala que se realiza por sospecha de presencia de objetos prohibidos.

Del examen de este libro se desprende que se realiza un elevado número de registros integrales. Señalado este extremo, se informó de que realmente no son registros integrales sino cacheos un poco más exhaustivos.

Por otra parte, se informa de que se suelen realizar en el módulo de ingresos o en enfermería. Sin embargo, en el libro se observa que también se realizan en el resto de módulos.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

14. No se lleva un control de las anotaciones de los resultados de tales registros integrales realizados, lo que sería de ayuda para poder ponderar la adecuación de un uso tan extendido de dicha medida.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

15. Con relación a los registros de las celdas, se informa de que, cuando se registran las celdas, no siempre se encuentra el interno delante, a pesar de existir una nota de Dirección de 2014 proporcionada por el Centro en la que se recoge esa forma de proceder.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

Atención médica

16. El personal médico mostró su preocupación por el futuro inmediato de los servicios sanitarios, pues aunque en la actualidad la plantilla es suficiente, en muy breve plazo de tiempo (1-2 años) se producirá la jubilación de la mayor parte de la plantilla y, salvo que se produzca la integración de la atención sanitaria en el Sistema Extremeño de Salud, la atención sanitaria, no se podrán mantener los estándares actuales de calidad.

17. Los internos entrevistados se mostraron satisfechos con el trato recibido, valorando positivamente la tranquilidad y el ambiente que se vive en este centro. La impresión sobre la atención sanitaria que reciben los internos es muy buena. El servicio médico está bien organizado y se realizan los programas de salud con eficiencia (vacunaciones, VIH, VHC, TBC). Los internos pueden ser atendidos en consulta al menos dos veces por semana y la atención especializada se presta en parecidas condiciones al resto de la población. En el caso concreto de las enfermedades infecciosas cuentan incluso con un internista que pasa consulta en el propio centro, lo que hace muy ágiles los tratamientos de la Hepatitis C.

18. Existe una guardia semanal de disponibilidad que realizan por turnos rotatorios y que comienza el viernes a las 22:00 cubriendo desde las 22 horas del viernes hasta las 8 horas del lunes, así como las noches de lunes a jueves (a partir de las 22:00h). Los facultativos suelen acudir en fines de semana y festivos para ver internos sancionados (cuando cumplen sanciones de aislamiento) e ingresos.

Debe recordarse en este asunto la Recomendación sobre la presencia obligatoria de personal médico las 24 horas, que fue rechazada por esa Secretaría General, por lo que debe insistirse en la misma.

19. Las demandas de atención urgente durante el horario de mañana las realiza el médico responsable del módulo de donde proviene el interno o, ante su ausencia, por parte de cualquier otro. Este tipo de atención médica se hace siempre en las dependencias de enfermería. El interno debe pedir al funcionario de su módulo que lo vea el médico, no quedando constancia escrita dicha petición.

Se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

20. En lo que se refiere a la atención a la salud mental hay un psiquiatra que pasa consulta en el centro, lo que garantiza la atención especializada y la continuidad asistencial para aquellos pacientes con trastornos mentales graves.

21. El PAIEM está funcionando razonablemente, si bien los problemas más importantes con los que se encuentra son la falta de recursos humanos y materiales para que haya actividades específicas para los internos con trastornos mentales graves. Hay pocos internos incluidos, y aunque se cubren los objetivos médicos de diagnóstico y tratamiento de dichos internos, así como también la participación en actividades comunes con los demás internos, carecen de actividades específicas para cubrir el resto de los objetivos.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOPRIMERA.

22. La atención especializada incluye a dos especialistas que pasan consulta en el propio centro (psiquiatra e internista) de lo que se benefician los internos con trastorno mental grave y con enfermedades infecciosas, haciendo en este caso muy ágil la prescripción de tratamientos antiretrovirales para VIH y VHC. También se considera positivo la utilización de otros recursos en el propio centro (ecógrafo, óptico, odontólogo) que facilitan la asistencia sanitaria integral de los internos.

23. La atención a drogodependencias, con la participación del servicio sanitario y una implicación a tiempo completo de tres profesionales de la Cruz Roja, merece ser destacada.

24. La población penitenciaria no está excesivamente medicada con psicótropos y es reseñable la buena labor que se realiza por parte del Servicio Sanitario en hacer el reparto diario, al menos durante los días laborables. Los criterios de dispensación de tratamientos directamente observados y este reparto diario, en dos tomas fraccionadas, constituyen una buena práctica que previene episodios de intoxicaciones, acúmulo de medicación y asegura la adherencia al tratamiento y el cumplimiento terapéutico.

25. Desde el punto de vista documental, la gestión de la documentación clínica no se está realizando completamente a través del programa de gestión integral de las historias clínicas digitales (OMI). Aunque su implantación va a suponer una importante mejora, hasta ahora ha habido bastantes dificultades para que funcionase bien la conexión de los módulos, por lo que, con algunas excepciones, no están trabajando en los módulos con ordenadores e historia clínica digital.

Ello supone la coexistencia con la historia clínica en papel y un doble trabajo de trasvasar los datos de la historia en papel al programa OMI posteriormente con la consiguiente pérdida de eficiencia de recursos.

Se solicita más información sobre el momento en que se prevea llegar a la integración total de la documentación en el propio OMI.

Internos con medida de seguridad

26. Según se informó, en el centro había cinco internos con medida de seguridad, uno conviviendo en un módulo ordinario (módulo 2) y el resto en enfermería (módulo 7). Por parte del equipo del MNP se revisaron tres de los cinco casos.

En las sentencias estudiadas se condena al ingreso en un establecimiento adecuado a la patología del interno. Este centro penitenciario informó a los órganos judiciales que el módulo de enfermería del centro no era el lugar adecuado para tratar las patologías de estas personas ya que, en primer lugar, no disponen de un médico las 24 horas.

27. Por otro lado, sólo uno de estos internos está incluido en el PAIEM, lo que supone que los otros cuatro no están recibiendo asistencia especializada a sus patologías, circunstancia que, si estuvieran en un centro adecuado (que sería un hospital psiquiátrico penitenciario) variaría de forma ostensible.

28. Con relación a este asunto y para disponer de información adicional de alcance general, se solicita el estudio sobre el que se basa la información que proporcionó la Secretaría General que el 3% de internos padecen un trastorno mental grave.

Asimismo, se solicita información más exhaustiva sobre la situación actual de los internos con medida de seguridad en el centro penitenciario de Cáceres, informando sobre las posibilidades de ser trasladados a un hospital psiquiátrico.

Partes de lesiones

29. Desde el punto de vista de la documentación médico-legal, sería muy conveniente que se le entregue siempre al interno copia de los partes de lesiones, aunque no la pida él, lo que no se está haciendo en muchos casos.

Además, la descripción de las lesiones es incompleta: no suele hacerse juicio de verosimilitud y con relativa frecuencia faltan datos importantes por consignar; entre otros la hora de la asistencia, estado psíquico y las medidas terapéuticas que se aplicaron.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOSEGUNDA.

Actividades

30. Muchos internos con los que se entrevistó el equipo del MNP, señalaron la falta de trabajo así como de actividades. Refieren que en invierno hay pocas pero que en verano son nulas, lo que trae como consecuencia más problemas entre internos dentro de los módulos ya que no tienen nada que hacer.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOTERCERA.

Instalaciones

31. En enero de 2019, el Consejo de Ministros ha aprobado una revisión del Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios (PACEP) para adaptarlos a sus necesidades actuales. La medida implica la rehabilitación integral del Centro Penitenciario de El Dueso (Cantabria) y la reforma parcial de otros 53 centros. Estas obras serán ejecutadas por la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y Seguridad del Estado (SIEPSE).

Por tanto, se solicita información de si ese centro penitenciario está incluido en el Plan de Amortización para realizar algún tipo de reforma para, en su caso, tener en cuenta las consideraciones que figuran a continuación referidas a las instalaciones y la videovigilancia.

32. Las instalaciones son muy antiguas, algunas de las celdas en regular estado de conservación y existen pocos espacios para esparcimiento. Algunas instalaciones precisarían de una severa reforma o de su sustitución. La enfermería habría que adaptarla para albergar enfermos con discapacidad (instalación de ascensor).

33. Los sistemas de apertura de las celdas son manuales, lo que supone un serio inconveniente y un potencial riesgo si surgiera alguna emergencia colectiva que obligase al desalojo rápido y simultáneo de un módulo; labores que podrían verse comprometidas, sobre todo durante el turno de noche por la escasez de funcionarios.

Videovigilancia

34. Este centro penitenciario no tiene un sistema de videovigilancia en el interior del centro, salvo en las celdas de contención mecánica.

Se solicita información sobre las previsiones de instalación de un sistema de videovigilancia en el interior del centro.

Transporte público

35. Se considera positivo el acceso en transporte público al centro penitenciario. La línea de autobús L3 conecta la ciudad de Cáceres con el centro cada media hora.

Decisión

Con base en las conclusiones anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto del Centro Penitenciario de Cáceres las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Adoptar las medidas necesarias para garantizar una adecuada formación continua de los trabajadores del centro.

SEGUNDA. Dar indicaciones para que los funcionarios que prestan servicio en este centro penitenciario cumplan con su deber de portar su placa identificativa y vigilar el estricto cumplimiento de esta previsión.

TERCERA. Siempre que por parte de la Dirección se tenga conocimiento de que algún interno afirma haber sufrido malos tratos, iniciar las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos, en primer término por el propio establecimiento y posteriormente por las unidades especializadas de los servicios centrales. Dichas actuaciones habrán de realizarse a través de medios que aseguren tanto su eficacia como su independencia, recabando de oficio las posibles pruebas, como los testimonios de las personas implicadas (interno afectado, funcionarios y posibles testigos), o las grabaciones del sistema de videovigilancia.

CUARTA. Impartir las instrucciones necesarias para que se anote tanto en el SIP como en el libro de medios coercitivos cada medio empleado.

QUINTA. Impartir las instrucciones necesarias para que en el libro de aplicación de medios coercitivos quede anotada la autorización del médico para su aplicación, así como los datos de los funcionarios que hayan podido intervenir.

SEXTA. Instalar un interfono o sistema de llamada de las celdas de sujeciones de manera que el canal de comunicación quede abierto permanentemente durante el tiempo que dure la contención.

SÉPTIMA. Distinguir entre cacheos superficiales y registros integrales, anotando de forma separada cada actuación, realizando estos últimos en un lugar donde se preserve la intimidad del interno.

OCTAVA. Incluir en el libro de registros integrales la anotación del resultado positivo o negativo de cada registro.

NOVENA. Dar instrucciones para que en los registros de las celdas, siempre se encuentre el interno presente.

DÉCIMA. Facilitar al interno en todos los casos copia de la solicitud para que le atienda el servicio médico, así como implantar un registro de demandas de atención urgentes.

DÉCIMO PRIMERA. Dotar con más personal el Programa de Atención Integral a Enfermedades Mentales, especialmente para cubrir los objetivos específicos de rehabilitación, y darle más contenido al programa.

DECIMO SEGUNDA. Adaptar los modelos de partes de lesiones existentes en el centro que se adapten a las recomendaciones efectuadas por la Institución en el «Estudio sobre los partes de lesiones en personas privadas de libertad».

DECIMO TERCERA. Dotar de personal específico para incrementar la oferta y la realización de actividades por parte de los internos con el fin de coadyuvar a la reeducación y reinserción social.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en las demás conclusiones, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Con esta misma fecha y a efectos meramente informativos, se da traslado al responsable de la dependencia.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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