Observación de los plazos y términos establecidos en las leyes

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Santa Cruz de Tenerife. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Respuesta de la Administración: Recordatorio Favorable

Queja número: 15012916


Texto

Se ha recibido su escrito en relación con la queja arriba referenciada.

Consideraciones

1. Ese Tribunal Económico-Administrativo ha incumplido los plazos previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para resolver la reclamación planteada por el promotor de la queja.

2. Con ello contraviene la previsión del artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo relativo a la obligatoriedad de los plazos y términos.

Decisión

Hacer uso de la facultad conferida por los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo y dirigir a ese Tribunal Económico- Administrativo Regional el siguiente:

RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL

Observar los plazos y términos establecidos por las leyes, según prevé el artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto que el motivo por el que se iniciaron las presentes actuaciones residía en la falta de resolución y notificación de la reclamación económico-administrativa presentadas por el reclamante y a fecha de remisión del informe aún no se conoce si se ha procedido a ello, se solicita de ese Tribunal información de las fechas en las que ha resuelto y notificado la resolución al promotor de la queja y, en caso de que aún no se haya producido, razones por las que no lo ha hecho y fecha en la que tiene prevista realizarlo.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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