Observar los plazos y términos establecidos por las leyes.

La interesada ha presentado en fecha 14/11/2016 una consulta ante esa Dirección General de Tributos, registro de entrada 2016-00996619-E que a pesar del tiempo trascurrido no ha sido contestada.

Ha trascurrido en exceso el plazo de seis meses de que dispone la Administración para dar contestación a la consulta tributaria, tal y como se desprende del artículo 88 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Observar los plazos y términos establecidos por las leyes, según prevé el artículo 29 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha: 29/07/2019
Administración: Dirección General de Tributos. Ministerio de Hacienda
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 19010991

 


Observar los plazos y términos establecidos por las leyes.

Se ha recibido su escrito en relación con la queja arriba referenciada en el que comunica que ha dado contestación a la consulta formulada.

Consideraciones

Del contenido de su informe se observa que ha trascurrido en exceso el plazo de seis meses de que dispone la Administración para dar contestación a la consulta tributaria, tal y como se desprende del artículo 88 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

Decisión

Conforme a la facultad conferida por los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se dirige a esa Administración el siguiente:

RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL

Observar los plazos y términos establecidos por las leyes, según prevé el artículo 29 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sin perjuicio del Recordatorio, que esta institución confía sea tenido en cuenta para casos futuros, se dan por FINALIZADAS las actuaciones practicadas y por emitida la correspondiente información, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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