Personal al servicio de la Administración de Justicia.

RECOMENDACION:

Adoptar las medidas oportunas que permitan cubrir, cuanto antes, la plaza vacante de personal laboral fijo en la categoría de perito judicial diplomado de Inmuebles y adscrito al Tribunal Superior de Justicia en Murcia, para reducir los elevados plazos de emisión de informes periciales solicitados por los órganos judiciales de esa comunidad autónoma.

Fecha: 29/04/2019
Administración: Secretaría de Estado de Justicia. Ministerio de Justicia
Respuesta: Rechazada
Queja número: 17023601

 


Personal al servicio de la Administración de Justicia.

Se acusa recibo de su escrito (Registro de salida número ……….), sobre el asunto arriba indicado.

Consideraciones

1. En el informe remitido se comunica que el perito que tiene el encargo de realizar la pericial, objeto de la queja, es un trabajador contratado por el Ministerio de Justicia como personal laboral fijo, en la categoría de perito judicial diplomado de Inmuebles y adscrito al Tribunal Superior de Justicia en Murcia.

2. Este trabajador es el único que existe contratado por el Ministerio de Justicia, en la categoría de bienes inmuebles, en la provincia de Murcia.

3. Existe otra plaza de la misma categoría que ha estado siempre vacante.

4. El informe pericial que debe realizar tardará un mínimo de seis meses en realizarlo, dado que se trata de un asunto civil y tienen prioridad los asuntos penales.

5. El procedimiento objeto de la queja es la División de Herencia …/2013, que se tramita en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Yecla, en el que se encargó el informe de valoración pericial, con fecha 6 de junio de 2018, por lo que el informe pericial de ese procedimiento no será emitido, como mínimo, hasta finales de septiembre de 2019, es decir, 16 meses después de haber sido encargado.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular a V.E. la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Adoptar las medidas oportunas que permitan cubrir, cuanto antes, la plaza vacante de personal laboral fijo en la categoría de perito judicial diplomado de Inmuebles y adscrito al Tribunal Superior de Justicia en Murcia, para reducir los elevados plazos de emisión de informes periciales solicitados por los órganos judiciales de esa comunidad autónoma.

En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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