Plazo de publicación de los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Cumplir con el apartado 2.3 del Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado aprobado por Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública que dispone que: «Los Planes de Acción Social de la Administración General del Estado se publicarán en el periodo comprendido entre el 15 de enero y el 28 de febrero de cada año».

Fecha: 26/03/2021
Administración: Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20030623

 


Plazo de publicación de los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado.

Se ha recibido su escrito, en el que se contiene información relativa a la queja mencionada más arriba.

Consideraciones

1. En el escrito remitido se indica que «De conformidad con lo establecido en la Base 1 de las Bases Generales por las que se rige la convocatoria de las ayudas sociales, podrán solicitar las ayudas sociales “el personal funcionario, en situación administrativa de servicio activo y el personal laboral, que haya percibido sus retribuciones con cargo al capítulo I de los presupuestos de los Organismos Autónomos del Ministerio durante el periodo de cobertura definido en la Base 3 de las presentes bases, y que desempeñe puestos de trabajo en los Organismo Autónomos del Ministerio a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes”.

Dado que, el plazo de presentación de solicitudes de ayudas sociales finalizó el 10-09-2020 y que Dª. (…..) causó baja en el organismo el ..-..-2020, hubo de ser excluida al no cumplir el requisito exigido en la convocatoria de estar desempeñado puesto de trabajo en Organismo Autónomo del Ministerio de adscripción a la fecha de finalización del precitado plazo».

2. Dispone el apartado 2.3 del Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado aprobado por Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública que: «Los Planes de Acción Social de la Administración General del Estado se publicarán en el periodo comprendido entre el 15 de enero y el 28 de febrero de cada año, previendo en caso de producirse un traslado durante el periodo de presentación de solicitudes y la/el empleada/o público ya estuviese en la situación de servicio activo o prestando sus servicios en el Departamento u Organismo Público de destino, que éste podrá presentar un certificado del órgano competente del Departamento u Organismo Público de origen, de no haber presentado solicitud de ayudas de acción social, o certificado de renuncia a la misma».

3. Sobre la base de lo señalado por la citada resolución se observa que el prejuicio denunciado por la interesada se debió al incumplimiento por parte de la Administración de los plazos establecidos en el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado al retrasar la publicación de la convocatoria de ayudas sociales hasta el 20 de julio de 2020, generando un periodo de aproximadamente 7 meses en los cuales cualquier funcionario que hubiera cambiado de puesto de trabajo a distinto organismo o departamento durante el mismo hubiera quedado excluido de percibir cualquier ayuda social para el ejercicio 2019 a pesar de haber prestado servicios en la Confederación Hidrográfica del Ebro durante todo ese año.

4. Si la Administración hubiera cumplido su obligación de convocar las ayudas sociales en el plazo previsto, la interesada no habría sufrido el perjuicio que ahora denuncia.

Decisión

Sobre la base de información aportada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular la siguiente resolución:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Cumplir con el apartado 2.3 del Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado aprobado por Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública que dispone que: «Los Planes de Acción Social de la Administración General del Estado se publicarán en el periodo comprendido entre el 15 de enero y el 28 de febrero de cada año».

A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo del Recordatorio de Deberes Legales formulado,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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