Texto
En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución realizaron de oficio una visita a las dependencias de calabozos del Palacio de Justicia de Ourense.
Como consecuencia de dicha visita se han alcanzado las siguientes conclusiones:
1. El sistema de videovigilancia solo cubre el acceso a través del garaje de la zona de custodia.
Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.
2. No existen interfonos para garantizar la comunicación entre detenidos y agentes, por lo que existe el riesgo de que los agentes no puedan intervenir con la necesaria celeridad en caso de ocurrir un incidente grave.
Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.
3. La mayoría de las puertas de los calabozos no cuentan con un mecanismo de cierre que facilite una apertura rápida de las mismas en casos de emergencia.
Se formula la SUGERENCIA TERCERA.
4. Esas dependencias no disponen de productos de higiene. Se debe facilitar los medios adecuados de higiene personal, en especial a las mujeres que así lo precisen.
Se formula la SUGERENCIA CUARTA.
5. Las celdas y el pasillo de acceso a las mismas se encuentran en mal estado de mantenimiento, por lo que sería conveniente reforzar el mantenimiento de las mismas.
Se formula la SUGERENCIA QUINTA.
6. No existe espacio para que los abogados que acuden a entrevistarse con las personas detenidas, puedan hacerlo con confidencialidad, sino que han de hacerlo en las celdas, con la presencia de un agente a poca distancia.
Se formula la SUGERENCIA SEXTA.
7. Durante la visita se observó que no todos los agentes que se encontraban en la zona de calabozos portaban su placa identificativa.
Decisión
Con base en las conclusiones primera a sexta y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto de las dependencias de calabozos del Palacio de Justicia, las siguientes
SUGERENCIAS
PRIMERA. Dotar de un sistema de videovigilancia y videograbación en el interior de las celdas, así como a todas aquellas zonas en las que puedan permanecer personas privadas de libertad, con excepción de los aseos, siguiendo el criterio de esta institución expresado en el parágrafo 79 del Informe Anual 2014 del MNP (en adelante Informe Anual 2014).
SEGUNDA. Proceder a la instalación de interfonos en las celdas para garantizar la comunicación entre detenidos y agentes, de acuerdo con lo recogido en el parágrafo 88 del Informe Anual 2014.
TERCERA. Adoptar las medidas necesarias para que los mecanismos de cierre de las puertas de las celdas posibiliten una apertura rápida de las mismas en casos de emergencia.
CUARTA. Proporcionar a los calabozos productos de higiene, y en particular de productos de higiene íntima femenina, de acuerdo con el parágrafo 94 del Informe Anual 2014.
QUINTA. Realizar un mantenimiento periódico de las celdas, para que presenten un adecuado estado de conservación, de acuerdo con lo expresado en el parágrafo 75 del Informe Anual 2014.
SEXTA. Habilitar un espacio en el que la entrevista entre abogado y detenido pueda realizarse en unas condiciones que garanticen la confidencialidad, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 78 del Informe Anual 2014.
Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Asimismo se comunica que, en razón de sus competencias, se ha iniciado de forma paralela una actuación de oficio con la Secretaría de Estado de Justicia y, a efectos meramente informativos, se le ha dado traslado de las conclusiones referidas al Juzgado decano.
Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)