Metro de Madrid, intercambiador de Plaza de Castilla Puertas de apertura fácil para personas con discapacidad

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Empresa Pública de Metro de Madrid. Comunidad de Madrid

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 16014367


Texto

Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia.

Consideraciones

1. Traslada la carta de disculpas que envió al interesado en relación con la avería de las puertas de apertura fácil objeto de su reclamación. Indica también que el Plan de Accesibilidad e Inclusión de la Comunidad de Madrid en Metro 2016-2020, ya en ejecución, contempla actuaciones de mejora de Sistemas de Apertura Fácil, en concreto, la que afecta al intercambiador de Plaza de Castilla, cuya ejecución se prevé para los primeros meses de 2017.

2. El interesado ha indicado que el problema concreto del funcionamiento de la puerta objeto de la presente queja sigue sin estar resuelto, por lo que hace más de un año que ha puesto en conocimiento de esa entidad la avería, sin que se solucione el problema.

3. El Defensor del Pueblo viene afirmando con reiteración que un transporte público accesible es esencial para la vida autónoma de las personas con diversidad funcional y, consecuentemente, para su igualdad de oportunidades profesionales y educativas y para su plena integración social.

4. Por ello, la labor de los poderes públicos resulta fundamental para garantizar la protección de los derechos de estas personas y, por ello, cuando las personas con discapacidad ponen en conocimiento de esa entidad pública algún problema o avería en materia de accesibilidad, debe darse una respuesta ágil e inmediata a la demanda planteada, siempre que ello sea posible.

Decisión

Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, procede formular la siguiente:

SUGERENCIA

Reparar a la mayor brevedad las puertas de apertura fácil para personas con discapacidad del intercambiador de Plaza de Castilla.

En espera de la remisión de la preceptiva información, en la que se ponga de manifiesto la aceptación de esta SUGERENCIA, o en su caso, de las razones que se estimen para no aceptarla, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo,

le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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