Resolución expresa en tiempo y forma.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Sobre el deber legal de resolver de forma expresa y en los plazos establecidos cuantas solicitudes, reclamaciones y recursos sean presentados por los ciudadanos.

Fecha: 26/03/2024
Administración: Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Junta de Andalucía
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 22025003

 


Resolución expresa en tiempo y forma.

Se ha recibido su informe, relativo a la queja registrada con el número arriba indicado.

Consideraciones

1. Indica que, el 13 de octubre de 2022, el interesado presentó una reclamación sobre la tramitación de su expediente de renta mínima de inserción social, al que se le dio trámite como recurso de alzada.

2. El recurso de alzada no ha sido resuelto hasta la fecha, a pesar del tiempo transcurrido.

3. Informa que, a fecha 29 de diciembre de 2023, se estaban resolviendo expedientes de recursos de alzada que, de acuerdo con la fecha de entrada en registro del órgano competente para resolver, datan del mes de enero de 2022; retraso que no es razonable, teniendo en cuenta que se trata de una prestación cuyo objetivo es garantizar la atención a las situaciones de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo de las personas y promover su inclusión e integración social y laboral.

Decisión

En virtud de lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución, ha acordado dirigirle el siguiente:

RECORDATORIO

Sobre el deber legal de resolver de forma expresa y en los plazos establecidos cuantas solicitudes, reclamaciones y recursos sean presentados por los ciudadanos.

Asimismo, se solicita, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la citada Ley Orgánica 3/1981, que confirme la resolución del recurso tan pronto esta se produzca.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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