Resolución expresa y motivada en tiempo y forma.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Que se dicte resolución expresa en todos los procedimientos y se notifique cualquiera que sea su forma de iniciación, conforme prescribe el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha: 27/04/2022
Administración: Ayuntamiento de Güimar (Santa Cruz De Tenerife)
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 21018681

 


Resolución expresa y motivada en tiempo y forma.

Se ha recibido escrito de ese ayuntamiento, referido a la queja arriba indicada, que se ha comunicado al reclamante.

A la vista de su contenido, se dan por finalizadas las actuaciones, conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, por la que se rige esta institución y se agradece la aceptación de la Sugerencia formulada, así como la colaboración prestada.

Ahora bien, sin perjuicio de lo anterior y puesto que la resolución ha sido dictada más de seis años después de la fecha en que se solicitó la licencia de segregación, de conformidad con los artículos 28 y 30 de la citada ley orgánica, el Defensor del Pueblo ha resuelto dirigir a ese ayuntamiento el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Que se dicte resolución expresa en todos los procedimientos y se notifique cualquiera que sea su forma de iniciación, conforme prescribe el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.