Se han recibido informes relativos al requerimiento formulado a esa entidad municipal, sobre la no formalización de contrato de trabajo con el interesado, tras su propuesta como seleccionado en el marco del programa EXPLUS 2023.
Consideraciones
1. De la contestación dada por esa entidad, se concluye que la contratación no se formalizó por incumplimiento de los trámites administrativos necesarios en plazo, tal y como consta en el informe del servicio de recursos humanos, procediéndose al archivo de actuaciones.
2. No consta en los informes aportados que el archivo de actuaciones haya sido notificado al interesado con expresión de la motivación necesaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con las exigencias de interdicción de la arbitrariedad, tutela judicial efectiva y no indefensión en la esfera de sus intereses legítimos (artículos 9.3, 103.1 y 24.1 de la Constitución).
Decisión
Sobre la base de las argumentaciones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular a ese Ayuntamiento de Vila-real la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelva motivadamente y notifique al interesado el archivo de actuaciones del expediente de contratación laboral en el marco del programa EXPLUS 2023.
A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo de la Sugerencia formulada,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo