Resolución y notificación expresa.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Dictar resolución expresa en todos los procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación, conforme prescribe el artículo 21 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha: 26/03/2019
Administración: Consejería de Agricultura y Ganadería. Junta de Castilla y León
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 17017774

 


Resolución y notificación expresa.

Se ha recibido escrito de V.E., referido a la queja arriba indicada. La respuesta recibida se ha comunicado a la Asociación reclamante.

Una vez estudiado su contenido, y dado que esa Administración ha aceptado la RECOMENDACIÓN formulada por esta institución y reconoce la condición de interesada a la Asociación compareciente en los procedimientos sancionadores, se va a proceder a dar por FINALIZADAS las actuaciones conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, por la que se rige esta institución.

Sin embargo, como hasta la fecha no ha sido resuelto el recurso de alzada y el plazo máximo para dictar y notificar la resolución es el de tres meses (artículo 122.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) procede, conforme a los artículos 28 y 30 de nuestra Ley Orgánica 3/1981, formular a la Consejería el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Dictar resolución expresa en todos los procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación, conforme prescribe el artículo 21 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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