Texto
Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada.
Consideraciones
1. Salvo error u omisión, las cuestiones planteadas en el escrito anterior no han quedado totalmente contestadas, por lo que se reitera la información solicitada en su día sobre si se ha valorado oportunamente un nuevo emplazamiento para el mercadillo, así como si se han comprobado que las medidas utilizadas para mitigar los ruidos molestos y evitar la suciedad en las inmediaciones de las viviendas funcionan de manera efectiva.
2. Se observa que no se ha dado contestación expresa a las solicitudes presentadas por el interesado y que dar una respuesta verbal a las cuestiones que se plantean ante un Ayuntamiento puede no ser suficiente, ya que el ciudadano carece de medios de prueba para reaccionar en vía administrativa o judicial.
Decisión
1. Se solicita una ampliación de información sobre la búsqueda de una nueva ubicación para el mercadillo sin ocasionar molestias a ningún vecino y las medidas concretas efectuadas para supervisar el cumplimiento de los horarios, los ruidos y la limpieza de la zona afectada.
2. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, he resuelto dirigir a ese Ayuntamiento la siguiente:
SUGERENCIA
Resolver las solicitudes de información y de actuación administrativa que ha cursado el interesado en el tiempo y la forma adecuada al procedimiento que corresponda, conforme a los artículos 21 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la Resolución formulada, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa. Asimismo se requiere respuesta a la información adicional solicitada.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo