Revocar la resolución de expulsión del interesado por estancia irregular Inactividad de las administraciones implicadas

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Delegación del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Melilla

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 17022542


Texto

Se ha dirigido a esta institución la Asociación arriba indicada, dando traslado de la situación en la que se encuentra el ex menor extranjero no acompañado (…..) (NIE Y-…..-.).

Consideraciones

1. En el escrito remitido se comunica que el interesado fue puesto a disposición de los servicios de protección el 24 de mayo de 2016, en su condición de menor extranjero no acompañado en situación de desamparo. El 31 de mayo del citado año, la Fiscalía de Menores de Melilla dictó decreto acordando su minoría de edad y estableciendo su fecha de nacimiento el 31 de mayo de 1999.

2. (…..) accedió a la mayoría de edad el 31 de mayo de 2017 sin contar con autorización de residencia. A causa de lo anterior, el pasado 28 de julio esa Delegación del Gobierno le incoó expediente de expulsión por estancia irregular, dictando Resolución el pasado 2 de octubre, en la que se acordaba su expulsión.

3. En el presente caso se comprueba que las actuaciones realizadas no se ajustan a derecho, tanto en lo relativo a la falta de tramitación de residencia al menor tras permanecer a disposición de los servicios de protección más de un año, como a la incoación de un expediente sancionador de expulsión por estancia irregular al acceder a su mayoría de edad, pese a que dicha irregularidad en ningún caso era achacable al interesado, sino a la inactividad de las administraciones implicadas, entre las que se encuentra esa Subdelegación del Gobierno. Asimismo, en el momento de iniciar el expediente sancionador, el interesado se encontraba en plazo de regularizar su situación, en su condición de ex menor tutelado que no ha obtenido la pertinente autorización, de acuerdo con lo regulado en el artículo 198 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que aprueba el Reglamento de extranjería.

Decisión

A la vista de las circunstancias concurrentes en el caso, se solicita que se estudie la posibilidad de tramitar una autorización de residencia al interesado, y en atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.E. la siguiente:

SUGERENCIA

Revocar la expulsión acordada en el procedimiento sancionador incoado por estancia irregular, al no ser dicha irregularidad achacable al interesado, sino a la inactividad de las administraciones implicadas. Además, en el momento de iniciar el expediente, el interesado estaría en plazo de regularizar su situación, en su condición de menor extranjero no acompañado que al acceder a la mayoría de edad no es titular de autorización de residencia.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa Subdelegación del Gobierno y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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