Señalización de tráfico de una calle de Camuñas (Toledo)

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Ayuntamiento de Camuñas (Toledo)

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 09015144


Texto

Se acusa recibo de su escrito, sobre la señalización de la calle Pósito.

Consideraciones

1. En dicho escrito se señala lo siguiente:

– En la calle Pósito existe señalización para evitar el aparcamiento, mediante línea amarilla continua sobre el pavimento y una señal de prohibición de estacionamiento, excepto servicio consultorio médico durante 5 minutos.

– La calle Pósito está debidamente señalizada en un solo sentido y está dispuesta una señal de tráfico tipo “prohibición de entrada” en el inicio de la calle.

– El reclamante no está empadronado en ninguna vivienda de dicha calle y no reside habitualmente en el municipio. Los únicos vecinos que constan empadronados en dicha calle no han planteado ninguna reclamación.

– Es competencia de ese ayuntamiento regular y señalizar el estacionamiento de vehículos en el municipio, no debiendo dejar al albur de un ciudadano que no reside en la localidad la regulación del tráfico.

– No se van a adoptar medidas adicionales por considerar que no son necesarias.

2. En el informe del técnico municipal, de fecha 23 de febrero de 2015, se señalaba lo siguiente:

– Con respecto a la señal de tráfico tipo “prohibición de entrada” en el inicio de la calle Pósito, se informa de que dicha señal está dispuesta.

– Para cumplir con las propuestas realizadas por el Destacamento de Ocaña de la Agrupación de tráfico de la Guardia Civil, en relación a la señal de tráfico tipo “prohibición de entrada” en el inicio de la calle Pósito, en su acceso desde la calle Grande, añadiendo un cartel informativo con la leyenda “excepto residentes y acceso a centro médico”, se informa a la Alcaldía que se debe instalar en el menor tiempo posible.

3. En el informe de esa Alcaldía, remitido a esta institución el 2 de marzo de 2015, se señalaba que, para cumplir con las propuestas realizadas por el Destacamento de Ocaña de la Agrupación de tráfico de la Guardia Civil, se procedería a la instalación en el menor tiempo posible de una señal de tráfico tipo “prohibición de entrada” en el inicio de la calle Pósito en su acceso desde la calle Grande, añadiendo un cartel informativo con la leyenda “excepto residentes y acceso a centro médico”.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, a formular a S.S. la siguiente:

SUGERENCIA

Adoptar las medidas oportunas para dar cumplimiento a las propuestas realizadas por el Destacamento de Ocaña de la Agrupación de tráfico de la Guardia Civil, a las que se había comprometido ese Ayuntamiento.

En la seguridad de que esta sugerencia será objeto de atención por parte de esa corporación, y a la espera de la preceptiva respuesta.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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