Servicio de ayuda a domicilio a personas en situación de dependencia.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Por el que se ha de garantizar, mediante la aportación de financiación suficiente, el servicio de ayuda a domicilio que presta el Ayuntamiento de Madrid a las personas en situación de dependencia, de conformidad con el programa individual de atención.

Fecha: 25/04/2022
Administración: Consejería de Familia, Juventud y Política Social. Comunidad de Madrid
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 20020038

 


Servicio de ayuda a domicilio a personas en situación de dependencia.

Se han recibido escritos de esa consejería y de la persona interesada, relativos a la queja registrada con el número arriba indicado.

Consideraciones

1. A la vista de la información proporcionada, don (…) recibe desde septiembre de 2021 la cobertura del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), al tener reconocida una prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.

2. En cuanto a la imposibilidad de acceder al servicio de ayuda a domicilio, que se le reconoció por Resolución de 2 de abril de 2020, cabe señalar que aunque en el PIA se reconozca por la Administración autonómica el derecho subjetivo de la persona interesada a ser atendida con el servicio de ayuda a domicilio, a través del Ayuntamiento de Madrid, no es posible prestarlo, al ser la dotación autonómica del correspondiente convenio, suscrito entre ambas administraciones, insuficiente para atender y ejecutar todos los PIA aprobados por la Comunidad de Madrid, según ha informado la entidad local a esta institución

Decisión

Por ello, al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas por el artículo 54 de la Constitución y el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución le dirige el siguiente:

RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL

Por el que se ha de garantizar, mediante la aportación de financiación suficiente, el servicio de ayuda a domicilio que presta el Ayuntamiento de Madrid a las personas en situación de dependencia, de conformidad con el programa individual de atención.

Agradeciendo la atención que preste a este Recordatorio se procede a dar por finalizada la presente actuación.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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