Ha comparecido ante esta institución don (…), con Pasaporte (…).
Consideraciones
1. Expone que toda la familia presentó sendas solicitudes para la adquisición de la nacionalidad española por su condición sefardí, habiendo sido resueltas solo algunas de ellas.
2. Que continúan en tramitación los siguientes expedientes de la misma unidad familiar:
– (…).
– (…).
– (…)
3. La firma del acta de notoriedad tuvo lugar el 12 de septiembre de 2019.
4. Manifiesta el interesado que, consultada la página web habilitada a tales efectos por el Ministerio de Justicia Los expedientes aparecen como «sin evaluar», razón por la cual solicita la intervención de esta institución.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente decisión:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelva el expediente de solicitud de nacionalidad española (…), (…) y (…) en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo